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DATO, DIANA MABEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora promovió acción por reajuste de haberes jubilatorios contra ANSES. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSES: revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró esa norma plenamente constitucional, confirmó lo demás de la sentencia apelada, declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y reguló costas y honorarios.

Reajustes Pbu Ley 27.426 Inconstitucionalidad Dnu 157/2018 Impuesto a las ganancias Costas Honorarios Anses Seguridad social


¿Quién es el actor?

Dato, Diana Mabel.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios de haberes jubilatorios (PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia), exención de retroactivos del Impuesto a las Ganancias, y cuestiones conexas (inconstitucionalidad de normas y topes, costas, honorarios).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia únicamente en cuanto ésta había declarado la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426, declarando en su lugar la plena constitucionalidad de dicho artículo conforme a la doctrina de la Corte Suprema; se confirmó en lo demás la sentencia apelada en cuanto no se oponga a lo aquí decidido; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 con costas para la quejosa; y se regularon honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): Sobre la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y la doctrina de la CSJN: “recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 ... resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del articulo puesto en crisis, por considerar en el considerando 11 que ‘en el presente caso puede afirmarse que la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello, dado que no se había completado el semestre al que hacía referencia la ley 26.417 para el cálculo de las variaciones necesarias para obtener el coeficiente de reajuste a aplicar.’” Sobre la exención del retroactivo del impuesto a las ganancias: “no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria... por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora.” Sobre la imposición y distribución de costas en esta instancia: “la Corte Suprema ... declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 ... En virtud de ello... corresponde declarar en esta instancia la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, lo que reafirma la plena vigencia del art. 36 de la ley 27.423 en materia de costas. En consecuencia, y atento al resultado del recurso, las costas de la presente instancia se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423).”
- Votos y mayoría: El voto que fundamenta la decisión fue del Dr. Gustavo Enrique Castiñeira de Dios, al que adhirieron los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Juan Ignacio Pérez Curci; no surge disidencia en el acuerdo final.

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