BLANCO ALVAREZ PAULINO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo contra ANSES por negativa a iniciar trámite jubilatorio por diferencia en la fecha de ingreso al país. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y ordenó a ANSES iniciar el trámite dentro de quince días, por entender que la exigencia de la Circular 42/22 constituye un exceso reglamentario que impide el acceso al derecho previsional.
¿Quién es el actor?
Blanco Álvarez Paulino.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: acción de amparo para que ANSES dé inicio al trámite jubilatorio ordinario del actor (PBU-PC-PAP) pese a discrepancias entre la fecha de ingreso al país consignada en su DNI y la declarada por el actor.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia apelada y ordenó a ANSES que inicie el trámite jubilatorio del actor dentro del plazo de quince días, con costas a la vencida.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"Consecuentemente, debe revocarse la sentencia apelada y disponer que, con prescindencia de lo dispuesto en la circular ANSeS 42/22, el organismo previsional inicie el trámite requerido por el Sr. Blanco Álvarez Paulino."
"En consecuencia, siendo que la propia Constitución Nacional en su Art. 14 consagra el derecho de peticionar a las autoridades, la exigencia establecida en la circualar, aparece 'prima facie' como un exceso reglamentario, restringiendo derechos reconocidos por la ley al cercenar el derecho del actor a peticionar."
"Por todo lo expuesto, y de conformidad con el Sr. Fiscal General, este Tribunal RESUELVE: 1) Revocar la sentencia apelada y ordenar a la ANSES que dentro del plazo de quince días de inicio al trámite del accionante, de conformidad con los considerandos precedentes. 2) Costas a la vencida (cfr. Art. 14 de la Ley 16.986). Regístrese, notifíquese y remítase."
- Disidencias: no consta voto disidente en el acuerdo final.
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