RAFFAELLI SANTIAGO SIMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor la actualización y recomposición de su haber previsional y la aplicación de índices y refuerzos. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de grado al revocar la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual reclamada, diferir para ejecución el cuestionamiento sobre topes y confirmar en lo demás la sentencia y las costas según lo dispuesto.
¿Quién es el actor?
RAFFAELLI SANTIAGO SIMON.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Impugnación por reajustes varios; reclama la determinación del haber inicial, aplicación de índices de movilidad (cuestiones vinculadas a leyes 24.241, 27.426, 27.609, y disposiciones administrativas y decretos), recomposición por períodos enero/febrero 2021, refuerzos previsionales y aplicación de topes (Resolución SSS 06/09).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, revocó la parte de la sentencia de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados en 2020; diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmó la sentencia recurrida en los demás pronunciamientos que fueron materia de agravios; y fijó costas y honorarios de alzada (honorarios de la dirección letrada de la actora en 30% de lo que se estipule para la instancia anterior). El juez Juan A. Fantini Albarenque dejó expresa salvedad y figura en disidencia parcial.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje del tribunal):
"En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
"No existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la norma sancionada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"Ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto ... sobre aplicación de topes de haberes (Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
Sobre costas: "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque aparece "en disidencia parcial" según la firma; su voto deja a salvo opiniones sobre inconstitucionalidad de la ley 27.609 y otros puntos, pero la decisión de la Cámara es la consignada en la parte resolutiva.
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