Legajo Nº 2 - IMPUTADO: FERNANDEZ, ROCIO MILAGROS s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de Rocío Milagros Fernández declarado inadmisible. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la admisibilidad del recurso por entender que la resolución de mérito está razonablemente fundada y no existe cuestión federal habilitante, y decidió inadmitir sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa oficial, en representación de Rocío Milagros Fernández, interpuso recurso de casación.
Demandado: Se impugna la resolución dictada por el tribunal de mérito (la sentencia/decisión de la instancia anterior).
Objeto: Se solicita admisibilidad y revisión por casación de la resolución del tribunal de mérito.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas en la instancia, y dispuso el remito al tribunal de origen mediante pase digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El tribunal de mérito expuso adecuadamente las razones que determinaron su decisión y no se verifica -ni el recurrente logra demostrar-, la concurrencia de un supuesto de arbitrariedad que afecte la validez del resolutorio (cfr. Fallos: 306:362; 314:451; 314:791; 321:1328; 322:1605, entre otros)."
"En definitiva, la resolución impugnada se encuentra razonablemente fundada y los agravios sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (C.S.J.N. Fallos 302:284; 304:415); decisión que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos mínimos, necesarios y suficientes, que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido (Fallos: 293:294; 299:226; 300:92; 301:449; 303:888)."
"El recurrente tampoco demostró la existencia de una cuestión federal que permita habilitar la competencia de esta Cámara como tribunal intermedio, conforme la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Di Nunzio (Fallos 328:1108)."
(Del voto:)"En virtud de todo lo expuesto, proponemos declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas (arts. 444 y 531 in fine del CPPN)."
(Decisión final:) "DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas en la instancia (art. 530 y cctes. del CPPN.) Regístrese, notifíquese, comuníquese y remítase al tribunal de origen mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
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