Legajo Nº 58 - IMPUTADO: SOSA, FACUNDO EZEQUIEL s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación de la defensa contra la prórroga de prisión preventiva por seis meses. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, considerando que la resolución de origen contiene fundamentos mínimos y razonamiento lógico que justifican la prórroga, y resolvió sin costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La defensa pública de Facundo Ezequiel Sosa (recurrente por vía de casación).
Demandado: Sentencia del Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario (decisión que prorrogó la prisión preventiva).
Objeto: Se impugna la prórroga de la prisión preventiva de Facundo E. Sosa por seis (6) meses dispuesta por el Tribunal Oral Federal, por falta de una descripción detallada y fundada de los riesgos procesales que justificarían la prórroga.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas, y ordenó su registro, notificación y remisión al origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"b. Al momento de resolver, el Tribunal sostuvo que '(…) más allá de la destacada subsistencia de los peligros procesales enunciados, que oportunamente justificaron el dictado de la medida cautelar personal que aquí se encuentra en juego y su prórroga, lo cierto es que el tiempo que el imputado lleva detenido no resulta desproporcionado a la luz de la complejidad de las actuaciones que, a simple vista, se aprecia si tenemos en cuenta la voluminosidad -encontrándose varias causas acumuladas-, la cantidad de imputados y las medidas oportunamente dispuestas; la grave imputación que pesa sobre su persona; la pena con la que se conmina en abstracto los delitos atribuidos; la importancia del bien jurídico protegido(…)'."
"Por otra parte, el Tribunal estimó que '(…) los hechos narrados en la requisitoria de elevación a juicio en orden a la gran cantidad de sustancias estupefacientes que se habrían incautado (aproximadamente 500 kg) en el marco de la causa FRO 37347/2023, como así también a las armas de fuego que se habrían secuestrado de manera concomitante con la incautación de las sustancias ilícitas, como así también a las incautadas en el marco del allanamiento llevado a cabo en la causa FRO 32250/2023, son circunstancias que -si bien hacen a la calificación legal a la que hemos referenciado en los puntos anteriores-, no pueden pasarse por alto a la hora de analizar los riesgos procesales, pues son indicadores de la dimensión del grupo de personas que se investiga en autos y la capacidad o facilidad que podrían tener a la hora de analizar los distintos riesgos procesales -no solo peligro de fuga, sino también el entorpecimiento probatorio a raíz de la estructura mencionada; lo cual sin dudas repercute de manera negativa(…)'."
"En virtud de las consideraciones expuestas, propongo al acuerdo rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas (arts. 470, 471 -ambos a contrario sensu-, 530 y ccdtes., CPPN)."
- Votos: Los tres vocales (Ledesma, Yacobucci y Slokar) adhirieron a la solución de rechazo; no consta voto en disidencia.
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