Legajo Nº 25 - IMPUTADO: VALENZUELA, JULIETA ISABEL Y OTRO s/LEGAJO DE CASACION
Recurso de casación contra sentencias de juicio oral por tráfico de estupefacientes agravado. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría los recursos de casación de las defensas, sosteniendo que la sentencia de mérito reunió un plexo probatorio suficiente y motivación adecuada para mantener condenas, agravantes y dosimetría.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: No aplica (recursos interpuestos por las defensas).
Demandado: Sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº3 de Rosario (condenas a Emiliano Martín Tisera y Julieta Isabel Valenzuela).
Objeto: Se impugnan por las defensas: valoración arbitraria de la prueba, aplicación indebida de la agravante del art. 11 inc. c) de la Ley 23.737, falta de motivación en la dosimetría y apartamiento del mínimo legal; y, en el caso de Valenzuela, ausencia de acreditación de participación y omisión de valorar su vulnerabilidad.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos de casación interpuestos por la defensa particular de Julieta Valenzuela y por la defensa pública oficial de Emiliano Martín Tisera, con costas, y dejó registrada la reserva del caso federal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"De la lectura de sus fundamentos se advierte un plexo probatorio completo y concordante, examinado críticamente por el a quo mediante una argumentación lógica y coherente, que permitió alcanzar certeza respecto de la materialidad de los hechos y de la intervención penalmente relevante atribuida a Julieta Valenzuela."
"En particular, han de destacarse las diligencias de investigación desarrolladas por los preventores, quienes relataron diversas secuencias en las que Valenzuela fue observada junto a Tisera en actividades compatibles con maniobras de comercialización de drogas de diseño."
"En efecto, la agravante aplicada hace referencia a la intervención en el hecho 'de tres o más personas organizadas para cometerlos', por lo que, a diferencia de lo previsto para otras figuras, no se requiere un vínculo jerarquizado, ni una estructura permanente, sino que alcanza con la comprobación de la intervención mancomunada del número requerido de voluntades y su actuación de forma organizada, con división de roles y funciones, aun cuando cada uno de los integrantes haya realizado distintos aportes o hayan actuado en grados de participación diferentes."
- Disidencias relevantes: No se registran votos en disidencia; los tres jueces (Carbajo, Mahiques y Petrone) adhirieron al rechazo del recurso y firmaron la resolución.
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