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SEQUEIRA LUIS GUILLERMO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

El actor demandó a la Caja de Retiros por la incorporación al haber de retiro de suplementos creados por el Decreto 380/17 y 463/17. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia respecto del suplemento “Zona” y del plazo de cumplimiento, y confirmó lo demás (incorporación de los suplementos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”), con costas a la demandada vencida.

Decreto 380/17 Suplementos Zona Funcion policial operativa Funcion tecnica de apoyo Remunerativo Bonificable Prescripcion Costas Camara federal de la seguridad social


¿Quién es el actor?

SEQUEIRA Luis Guillermo.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal (ente gestor / Estado Nacional).
- Objeto de la demanda: Se reclamó la incorporación al haber mensual de retiro, con carácter remunerativo y bonificable, de los suplementos establecidos por el Decreto 380/17 (y montos fijados por el Decreto 463/17), entre ellos “Zona”, “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”, y se discutieron prescripción, plazo de cumplimiento y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado en cuanto reconocía el suplemento “Zona” y en lo relativo al plazo de cumplimiento; confirmó la sentencia en lo demás respecto de los suplementos “Función Policial Operativa” y “Función Técnica de Apoyo”; impuso costas de alzada a la demandada; reguló honorarios de la actuación de apelación en 30% de lo que correspondiera por la instancia anterior; y ordenó devolución de las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes): "En virtud de las consideraciones vertidas, analizada la prueba informativa y siguiendo los criterios delineados por el Máximo Tribunal se infiere que más allá de la denominación que se intente asignarle por vía reglamentaria a los suplementos 'Función Policial Operativa' y 'Función Técnica de Apoyo' creados por el Decreto 380/17, los mismos ostentaban carácter 'general', 'remunerativo' y 'bonificable', debiendo incorporarse al 'haber mensual' de la parte actora, el que le hubiese correspondido percibir de haber continuado en actividad." "Distinta solución corresponde adoptar respecto del suplemento denominado 'Zona'... dicho concepto se encuentra condicionado a una circunstancia fáctica específica, cual es el destino geográfico del personal en determinadas regiones o a determinada distancia del área delimitada normativamente, lo que impide predicar su percepción por la generalidad del personal en actividad." "En relación al plazo de cumplimiento establecido en el decisorio de grado, se revoca lo establecido y se ordena a la demandada que a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable..."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el bloque decisorio final.

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