CHAVEZ ROSA DEL CARMEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSeS por reajustes varios y la determinación del haber inicial y la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente la sentencia: aclaró la fecha del reclamo (25/06/2018), revocó la orden de aplicar diferencias porcentuales sobre haberes de enero y febrero de 2021, diferió para ejecución el análisis de topes y confirmó las demás decisiones y las costas.
¿Quién es el actor?
CHAVEZ ROSA DEL CARMEN.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; determinación y actualización del haber inicial (incluida la Prestación Básica Universal), aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias y distribución de costas.
¿Qué se resolvió?
Se aclaró la fecha del reclamo administrativo consignándose como correcta la del 25/06/2018; se revocó la decisión de primera instancia en cuanto ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre aumentos suspendidos y los abonados en 2020; se difirió para la etapa de ejecución el examen del cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes; se confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado y se confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; se fijaron costas por su orden en la Alzada y se determinaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609 (B.O. 4.01.2021)
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
"Ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia (relevante): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque expresó disidencia parcial, dejando a salvo su opinión respecto del índice pretendido para la actualización de la PBU y remitió a lo decidido en autos "Berardi Salvador c/ ANSeS s/ reajustes varios" (N°110275/2009), aunque la mayoría confirmó el índice establecido en la instancia de grado.
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