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COMAN CARLOS ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Coman Carlos Roberto promovió acción contra ANSES por reajustes varios del haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo disputado, diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes y confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 CPCCN.

Reajustes varios Topes de haberes Ejecucion Costas Art. 68 cpccn Ley 27.423 Anses Inconstitucionalidad (disidencia) Impuesto a las ganancias (inaplicable) Seguridad social

Actor: Coman Carlos Roberto. Demandado: ANSES. Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios de haberes/prestación previsional y declaraciones sobre aplicación de topes, actualización de remuneraciones, exención del impuesto a las ganancias y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; difirió para la etapa de ejecución el cuestionamiento dirigido a la aplicación de topes de haberes; y confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado, imponiéndolas al vencido conforme al art. 68 CPCCN, con la aclaración de que si de la liquidación surgen sumas a favor del actor se aplicarán a la vencida, y en caso contrario se establecerán en el orden causado (art. 36 ley 27.423). Fundamentos principales (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia): "Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)." Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión (disidencia parcial) respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando la aplicación de topes produzca una merma superior al 15%, y declaró la inaplicabilidad del art. 14 punto 2 de la Resolución SSS 06/09, pero dicha posición quedó en disidencia y no integra la decisión de la mayoría.

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