BARTOLO ANA MARIA MARCELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó reajustes varios contra ANSES por actualización de su haber inicial y otros rubros. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia, rechazó íntegramente la demanda y reguló honorarios, considerando constitucionales las medidas de movilidad y aplicando los índices dispuestos por la ley 27.426 y concordantes.
Actor: BARTOLO ANA MARIA MARCELA (parte actora). Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto de la demanda: Reajustes varios; impugnación del método de actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial (incluida la PBU), petición de aplicación de tasa de sustitución mínima, inconstitucionalidad de normas (arts. 1 y 2 ley 27.426; art. 26 ley 24.241; arts. de la ley 27.541 y decretos), exención de impuesto a las ganancias, y otros rubros indemnizatorios y de costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada; revocó la sentencia recurrida y rechazó en todas sus partes la demanda; impuso costas a la demandada en ambas instancias; reguló honorarios de la representación letrada de la actora en $277.446 (3 UMA) por primera instancia y 30% en alzada.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "La demandada no expresó agravios en los términos de los arts. 259 y 265 del CPCCN, motivo por el que corresponde declarar desierto el remedio legal intentado."
- "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
- "Consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionalidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
- "Que en tal orden, ... corresponde desestimar lo pretendido por el apelante de conformidad con lo dispuesto por la Excma. CSJN en las causas: 'Benoist, Gilberto c/ ANSeS s/ previsional ley 24.463' ... y 'Hartmann, Gabriel Leonidio c/ ANSeS s/ reajustes varios'."
- "Que siendo que se ha procedido a modificar la sentencia dictada por el juzgado interviniente, ... habrán de regularse los honorarios ... en la suma de $277.446 equivalentes, al día de la fecha, a 3 UMA ...; y en Alzada en el 30% de la misma ...; costas de ambas instancias por su orden ..."
Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque registró disidencia parcial; dejó a salvo su opinión respecto de la actualización de remuneraciones y la aplicación de índices en supuestos de alta densidad de aportes, señalando diferencias con casos (p. ej. Yopolo) y proponiendo confirmar en lo relativo a la metodología aplicada por el juez de grado en este caso.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: