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MUSTAFA YOLANDA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios y revisión del haber inicial de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social difirió la revisión del haber inicial para la etapa de ejecución, revocó lo resuelto sobre costas en primera instancia e impuso las costas al vencido, y confirmó la sentencia recurrida en lo demás.

Prestacion basica universal Reajustes Revision del haber inicial Costas Ejecucion Quiroga Anses Ley 27.423 Cpccn art. 68 Tasa pasiva (retroactividad)


¿Quién es el actor?

MUSTAFA, Yolanda Beatriz.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y determinación/revisión del haber inicial de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnaciones sobre actualización de remuneraciones, tratamientos de aportes autónomos, tasa de interés, prescripción y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; revocar lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado imponiéndolas al vencido conforme art. 68 CPCCN (o, si no surgieran sumas a favor del actor, establecerlas en el orden causado conforme art. 36 ley 27.423); confirmar la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; imponer costas por su orden en la alzada; y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos tal cual del fallo): "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..." "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423." "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCCN; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó expresamente a salvo su opinión respecto de la cuestión de los servicios autónomos y manifestó disidencia parcial; sin embargo, el acuerdo mayoritario resolvió como se transcribe arriba.

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