Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: OROSCO MANSILLA, FILEMON Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

La defensa de Orosco Mansilla desistió del recurso de casación que había interpuesto contra la sentencia condenatoria; la Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistido el recurso y resolvió sin costas. La Sala II ordenó registrar, notificar y continuar las actuaciones según su estado.

Casacion Desistimiento Penal Trafico de estupefacientes Tenencia de arma Condena Sala ii Camara federal de casacion penal Sin costas In pauperis

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Defensa de Filemón Orosco Mansilla, en representación del imputado. Demandado: Sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata N°1 (parte recurrida mediante recurso de casación). Objeto: Recurso de casación interpuesto contra la sentencia que condenó a Filemón Orosco Mansilla por delitos de tráfico de estupefacientes (tenencia con fines de comercialización y comercialización) y por tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra y uso civil condicional. Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, Sala II, tuvo por desistido el recurso de casación deducido por la defensa en favor de Orosco Mansilla en las presentes actuaciones y resolvió SIN COSTAS; ordenó registrar, notificar, comunicar y proseguir las actuaciones según su estado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "1º) El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Plata Nro. 1, con fecha 22 de diciembre de 2025, en lo que aquí interesa, resolvió: “1) I. CONDENAR a FILEMÓN OROSCO MANSILLA, cuyas demás condiciones personales obran en el exordio, a la pena de SIETE (7) AÑOS Y SEIS (6)MESES DE PRISIÓN Y MULTADE OCHENTA Y OCHO (88) UNIDADES FIJAS, accesorias legales y costas del proceso, por resultar autor penalmente responsable del delito de tráfico de estupefacientes —en sus modalidades tenencia con fines de comercialización y comercialización— y coautor del delito de tenencia ilegítima de arma de fuego de guerra y uso civil condicional, que concurre de materialmente con el anterior (artículos 12, 29 inciso 3°, 40, 41, 45, 55 y 189 bis, inciso 2°, primer y segundo párrafo del Código Penal, 5°, inciso “c” de la ley 23737 —según texto ley 27302—, 403 y 530 del Código Procesal Penal de la Nación).”" "2º) Que, con fecha 21 de abril de 2026, el imputado Orosco Mansilla presentó un escrito in pauperis mediante el cual hizo saber su voluntad de desistir del recurso de casación interpuesto en su favor contra la sentencia dictada en autos." "A raíz de ello, se corrió vista a la Defensa Pública Oficial, la cual se expidió el día 24 de abril del corriente y solicitó que se resuelva de conformidad a lo solicitado por su defendido y se tenga por desistida la vía recursiva."
- Nota procesal relevante: se consignó que la jueza Ángela E. Ledesma no suscribe la resolución por hallarse en uso de licencia (art. 109 RJN).
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución final es la transcripta y prevalece sobre eventuales propuestas individuales.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar