BUGLIESE OSVALDO JOSE Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los demandantes reclamaron la inclusión del suplemento Zona (Decreto 380/17) en el haber mensual de retirados. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado y rechazó la demanda, sosteniendo que el suplemento tiene carácter particular y no debe integrarse al haber de retiro en virtud de la jurisprudencia de la CSJN.
¿Quién es el actor?
BUGLIESE OSVALDO JOSE y otros.
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilac. y Pens. de la Policía Federal (y organismo demandado relacionado con personal policial).
- Objeto de la demanda: Reconocimiento e inclusión en el haber mensual de los accionantes del suplemento “Zona” creado por el Decreto 380/17 (tendiente a que sea computable para el haber de retiro).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda; impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios a favor de la representación letrada de la actora por 5 UMA ($366.020), con ajuste de IVA si corresponde. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "En ese contexto, a través del decreto 380/17 se creó el Programa de Alta Dedicación Operativa (P.A.D.O.) en el ámbito de la Policía Federal Argentina, destinado a la formación del personal policial en tareas de alta especialidad operativa y que requieran de un riguroso adiestramiento, y la posterior afectación de ese personal a tareas vinculadas con la investigación, prevención y combate de delitos federales complejos." "En ese sentido se expresa que tales asignaciones, instituidas y aplicadas con carácter particular y como compensaciones de ciertos gastos, en tanto participan de tal naturaleza, no pueden ser consideradas en concepto de sueldo y, por lo tanto, no deben ser computadas para determinar el haber de retiro" "Si bien en anteriores oportunidades, me incliné por el criterio de incluir en el haber del personal retirado el suplemento en trato 'Zona' en atención a su generalidad y admitido por la magistrada de grado, corresponde estarse a lo expresado por el Máximo Tribunal en la causa 'Vettorello, Germán Emanuel c/ EN – M Seguridad-PF A s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.', CAF 63838/2019, sentencia de fecha 18 de noviembre de 2025, en la que, remitiéndose a lo dictaminado por la Sra. Procuradora Fiscal, en cuanto manifestó que '...del suplemento por “zona”, en tanto no se ha acreditado que la naturaleza de esa asignación difiera de la prevista por el art. 77 de la ley 21.965; es decir, no se ha logrado demostrar que no se trate de un suplemento particular que el Poder Ejecutivo Nacional está facultado a crear como consecuencia —en el caso— de las zonas en que el personal policial en actividad debe actuar...' ; hizo lugar al recurso extraordinario articulado contra la sentencia que había admitido la demanda reconociendo el carácter remunerativo y bonificable del suplemento por “Zona”. (Decreto 380/17) y en virtud de ello, dejó sin efecto la sentencia apelada." "Respecto de las costas, teniendo en cuenta la naturaleza del derecho pretendido y toda vez que el actor pudo creerse con razón suficiente para litigar, las costas se impondrán por su orden (conf. Art. 68 segundo párrafo del C.P.C.C.N.)." Disidencias: Los restantes votos (Dr. Juan A. Fantini Albarenque y Dr. Walter F. Carnota) adhieren al voto de la Dra. Nora Carmen Dorado; no consta disidencia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: