SOSA BLANCA ALICIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Recurso de apelación de ANSES contra sentencia por reajustes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la imposición de costas a la demandada y diferió el examen del cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes para la etapa de ejecución, remitiendo a la liquidación para verificar perjuicio concreto.
¿Quién es el actor?
SOSA BLANCA ALICIA.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de beneficio previsional y cuestionamiento de la aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó lo resuelto respecto de las costas en la instancia de grado (imponiéndolas al vencido conforme al art. 68 del CPCCN y lo previsto por el art. 36 de la ley 27.423 según corresponda) y difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del cuestionamiento relativo a la aplicación de topes de haberes, remitiendo a la liquidación la comprobación del perjuicio concreto que pudiera acreditar el actor. Además dispuso costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 9 de la ley 24.463) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor. Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re “Actis Caporale” Fallos 323:4216."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), ... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423). Costas por su orden en la Alzada ante la falta de contradicción (art. 68, 2º del CPCCN, art. 36 de la ley 27.423 y caso 'Morales, Blanca' (Fallos: 346:634))."
- Voto en disidencia (relevante): El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión respecto de la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 "en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente-" (señalado como opinión reservada y no forma parte de la decisión mayoritaria).
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