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GALLARDO ABEL DE JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes de haberes y aplicación de topes contra ANSeS por beneficiario con prestación de capitalización. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la declaración de inconstitucionalidad de los topes y diferenció su análisis para la etapa liquidatoria, confirmando la sentencia recurrida en lo demás.

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¿Quién es el actor?

GALLARDO ABEL DE JESUS.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios del haber jubilatorio (revisión del haber inicial, movilidad de RVP, determinación de la Prestación Básica Universal, aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias, costas y prescripción).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó lo decidido respecto de la inconstitucionalidad de los topes de haberes y diferió dicho análisis a la etapa liquidatoria; confirmó la sentencia recurrida en todo lo demás que fue materia de agravios. Se impusieron costas por su orden en la alzada y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- “Que la cuestión vinculada a la movilidad de la RVP guarda sustancial analogía con la suscitada en la causa ‘DEPRATI, ADRIAN FRANCISCO C/ANSES S/AMPAROS Y SUMARISIMOS’, resuelta por el Alto Tribunal el 4.2.16, cuyas consideraciones resultan aplicables al sub examine para declarar procedente la pretensión intentada con los alcances indicados en ese temperamento.” (cons. III).
- “Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor.” (cons. VI).
- “En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado.” (texto en votos).
- Sobre costas: “Costas por su orden en la Alzada en atención a la forma que se resuelve, arts. 68 segunda parte del C.P.C.C.N. y 36 de la ley 27.423 (conf. CSJN, sentencia del 22.06.2023, in re ‘Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo’).” (Parte resolutiva).
- Voto en disidencia: El Juez Sebastián E. Russo aparece señalado “(en disidencia)”; la decisión mayoritaria (la transcrita en la Parte Resolutiva) es la que se ejecuta y la disidencia fue consignada pero no modificó el acuerdo.

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