ORONA JUAN JESUS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su prestación previsional contra ANSES. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por estar la cuestión alcanzada por cosa juzgada derivada de sentencias anteriores, impuso costas al actor y reguló honorarios por $462.410.
¿Quién es el actor?
ORONA JUAN JESUS.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste de la prestación previsional (recomposición del haber de pasividad y declaración de inconstitucionalidad de normas que imponen topes).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por ORONA JUAN JESUS; se impusieron las costas en orden causado; se regularon honorarios de la representación letrada de la parte actora en $462.410 (equivalente a 5 UMAS), sin incluir I.V.A.; no se estimaron honorarios de la demandada.
- Fundamentos principales (transcripciones):
"De las constancias que tengo a la vista surge que el actor, titular del beneficio nro 15-0-0071030-0-2, obtuvo dos sentencias anteriores ... que estableció pautas de recomposición del haber de pasividad que se encuentran alcanzadas por los efectos de la cosa juzgada."
"Por lo tanto, he de rechazar la demanda pues la estabilidad de las decisiones jurisdiccionales constituye un presupuesto ineludible de la seguridad jurídica con la que se resguardan garantías y principios constitucionales (C.S.J.N., in re: FERNANDEZ MARTINEZ, J.L. C/MINETTI J. Y CIA. LTDA. S.A., sent. del 29/10/91, entre muchos otros)."
"Asimismo, debe recordarse que el sentido de la eficacia e inmutabilidad de la cosa juzgada, no es tanto impedir la apertura de nuevos procesos cuanto que en ellos no se desconozca lo resuelto en otros, o dicho de otra manera, no decidir de modo contrario a como antes de ha fallado. Se trata de impedir que la jurisdicción se vea expuesta a contradicción, lo que podría ocurrir si se somete a decisión dos veces la misma pretensión (C.N.A.C., Sala E, cit. por Falcón, obra cit., Tº III, pág. 53)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de un solo juez de primera instancia.
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