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GOMEZ MARTHA CRISTINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su jubilación por aplicación de la ley 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescrita parte de la acción y ordenó a ANSES recalcular el haber y pagar los retroactivos según las pautas del decisorio en un plazo de 120 días.

Gomez martha cristina Anses Reajustes varios Pbu Ley 24.241 Prescripcion art.82 ley 18037 Ley 27.609 Recalculo de haber Retroactivo Movilidad previsional


¿Quién es el actor?

GOMEZ MARTHA CRISTINA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo por el reajuste del beneficio previsional (jubilación N° 14-0-1007610-0-5) conforme a la ley 24.241 y diversas impugnaciones de disposiciones legales vinculadas con la actualización de la PBU, PC, PAP y movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se hizo lugar a la defensa de prescripción articulada por ANSES (art. 82 ley 18.037). Se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas fijadas en la sentencia dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se diferió la regulación de honorarios para cuando exista liquidación aprobada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "El titular obtuvo el beneficio de jubilación Nº 14-0-1007610-0-5 al amparo de la ley 24241, con fecha de adquisición del derecho el 22.03.2022. En consecuencia, analizaré el reclamo por diferencias de haberes que formula a la luz de la ley 24.241." "En base a dicha afirmación, me he inclinado anteriormente por rechazar la actualización de dicho componente para quienes obtuvieran sus beneficios con posterioridad a marzo de 2009. Ahora bien, conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses' Sent. CSJN 11/11/2014... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular." "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios'... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio." "En este sentido considero que la fijación de los índices es una potestad de resorte exclusivo del Poder Legislativo Nacional... En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. art. 4 de la ley 27.609), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto." "Por otra parte, las leyes impugnadas no comportan una manifiesta afectación del derecho a la movilidad garantizado por normas de rango constitucional... En este sentido, considero que la sustitución del mecanismo de movilidad por otro de diferente naturaleza no irroga agravio constitucional alguno, pues no existe un derecho adquirido al mantenimiento de las leyes y reglamentaciones." "El haber recalculado de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio en ningún caso podrá exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo... Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna... Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina..." Disposición resolutiva (parte dispositiva final): "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas; FALLO: 1) Hago lugar a la defensa de prescripción... y parcialmente, a la demanda... 2) Ordeno a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo... dentro del plazo de 120 días... 3) Impongo las costas del proceso por su orden... 4) Difiero la regulación de honorarios..."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la sentencia.

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