ALDERETE MARIO ROMULO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su beneficio previsional conforme a la ley 24.241. El Juzgado Federal hizo lugar a la defensa de prescripción y, parcialmente, a la demanda, ordenando el recalculo del haber y el pago del retroactivo conforme las pautas del decisorio en un plazo de 120 días.
¿Quién es el actor?
ALDERETE MARIO ROMULO.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajuste de haberes previsionales (reajustes varios) conforme a la ley 24.241 y conexas; impugnación de diversas disposiciones legales por inconstitucionalidad; solicitud de reparación por la falta de actualización de la PBU y demás componentes del haber inicial. Reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la defensa de prescripción deducida por ANSES en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en forma parcial, a la demanda de ALDERETE; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en la sentencia dentro del plazo de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas por su orden y se difirió la regulación de honorarios para el momento de la liquidación. Las diferencias se abonarán sin quita y los intereses se liquidarán conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el BCRA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En la determinación del haber mensual de la Prestación Básica Universal (en adelante, PBU) no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que está constituida en la actualidad por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)."
"Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, adheriré al criterio uniforme que emana del Superior – por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 ... y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio."
"Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, entiendo que corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada ('M.C'); 2) la 'Merma Cuantificada' se la multiplica x 100; y –finalmente
- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia ('HIRS') ... = Porcentaje de confiscatoriedad = ('M.C' x 100 % 'HIRS')."
"El haber recalculado de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio en ningún caso podrá exceder los porcentajes establecidos en las leyes de fondo ... Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna, en coherencia con lo establecido por el Tribunal cimero, al fallar en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28/11/06."
"Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el dispositivo final.
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