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RUFFINENGO, CLAUDIA MARIELA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

La actora promovió amparo bajo la ley 16.986 contra ANSeS por la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 y pedido de reintegro de descuentos. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó el recurso de apelación de ANSeS, impuso las costas a la demandada y reguló honorarios en 30% de lo fijado en primera instancia.

Amparo Anses Ley 16.986 Tope jubilatorio Art. 9 ley 24.463 Ley 24.016 (regimen docente) Inaplicabilidad Costas a la vencida Honorarios 30% Reintegro


¿Quién es el actor?

RUFFINENGO, CLAUDIA MARIELA.

¿A quién se demanda?

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Amparo (ley 16.986) solicitando declarar la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la ley 24.463 respecto de un beneficio otorgado bajo el régimen especial docente (Ley 24.016), cesar descuentos y ordenar el reintegro de las sumas retenidas con sus intereses.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación deducido por la representante de ANSeS y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios. Se impusieron las costas a la demandada vencida (encuadrado en la ley 16.986) y se regularon los honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con orden al a quo de calcular los emolumentos en pesos y UMA cuando exista base cierta.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "A.
- En cuanto a la constitucionalidad de los topes, ... la CSJN reconoció la legitimidad del sistema de haberes máximos ... siempre que su aplicación no implique una merma confiscatoria en el haber del beneficiario." "Asimismo, ... la Corte Suprema en la causa 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS' (02/03/2016) sostuvo que el art. 9 de la Ley 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su beneficio bajo el régimen especial docente, por cuanto este se encuentra sustraído de las disposiciones del régimen general." "Por todo ello, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley 24.463 respecto de beneficios otorgados bajo este régimen especial, y confirmar la decisión de cesar los descuentos practicados y reintegrar las sumas retenidas, con más sus intereses." "El caso se encuadra en el marco de la ley 16.986 ... las disposiciones referidas a las costas en esta normativa establecen, en su art. 14, que las mismas sean impuestas a la vencida."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Pizarro y Castiñeira adhieren al voto del Dr. Pérez Curci.

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