ESPEJO, MARIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora reajuste de haberes previsionales y la exención del descuento por impuesto a las ganancias. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, impuso las costas a ANSES y reguló honorarios en un 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
ESPEJO, MARIA ESTHER (actora/jubilada/pensionada).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes (pensión derivada) por monto y periodos adeudados; solicitud de no descuento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos; liquidación de intereses y regulación de costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue motivo de agravios; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018; se impusieron las costas de la presente instancia a la demandada vencida (ANSES) conforme art. 36 de la Ley N° 27.423; y se regularon honorarios profesionales en un 30% de lo establecido en primera instancia, con cálculo en pesos y UMA en su oportunidad.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
"a.
- Que debe desestimarse el agravio relativo a la omisión de aplicación del límite de la doctrina del fallo “Villanustre”. En efecto, la doctrina “Villanustre”, que determina que “las diferencias a abonarse en favor del interesado no podrán exceder en ningún caso los porcentajes establecidos por las leyes de fondo”, tiene sentido en el régimen de la Ley n° 18.037... Pero no es aplicable al régimen de la Ley 24241..."
"d.
- En cuanto al agravio que versa sobre la suspensión del descuento por impuesto a las ganancias y en cuanto a que no resulta imputable en modo alguno a ANSES, quien es un mero órgano de retención... corresponde aclarar lo siguiente: La Corte ha dicho en el precedente 'Garay, Corina'... que la actora... cuenta con la protección consagrada en el art. 75, inc. 23 de la Constitución... corresponde confirmar lo resuelto."
"El fallo de la CSJN, FCR 21049166/2011/CS1 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634) de fecha 22/06/2023, estableció que las costas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423 de honorarios profesionales. En dicho precedente, el Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Castiñeira de Dios y Pizarro adhieren al voto del Dr. Pérez Curci y el acuerdo fue unánime.
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