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Incidente Nº 3 - IMPUTADO: C., O. D. Y OTROS s/Audiencia de saneamiento o declaración de nulidad (Art. 133)

La defensa solicitó la nulidad de lo actuado desde el 26/11/2025 por presunto incumplimiento del plazo del art. 248 del CPPF y pidió exclusión de pruebas y sobreseimiento. El Juez Federal de Garantías rechazó el planteo de nulidad, dejó registrada la reserva de impugnación y de caso federal y dio por finalizada la audiencia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Unidad de Defensa Pública (Defensa de los imputados A. O. D. C., B. M. F. C. y C. M.P. C.), representada por la Defensora Pública Oficial Alejandra Vidales. Demandado: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal
- Dr. Marcos Escandell y Florencia Albarracín) / actuación procesal administrativa del Ministerio Público Fiscal. Objeto: nulidad de todo lo actuado a partir del 26/11/2025 por vulneración del plazo de valoración inicial previsto en el art. 248 del CPPF; exclusión de la evidencia colectada dentro de los plazos supuestamente violados; sobreseimiento de los imputados; intimación al MPF para ajustarse a los plazos del CPPF. Decisión: el Juez Federal de Garantías resolvió rechazar el planteo de nulidad realizado por la defensa; consultó si las partes tenían algo más que manifestar, dejó asentada la voluntad de la defensa de impugnar y la reserva de caso federal, y dio por finalizada la audiencia. Se dejó constancia del registro audiovisual del acto en la carpeta judicial N°32/2026/3.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): (relato de la defensa sobre el planteo) "se presenta, relata los antecedentes del caso, el motivo de la audiencia y plantea la nulidad de todo lo actuado a partir del día 26/11/2025, ello por considerar que se ha violado el plazo de valoración inicial para la Fiscalía instructora estatuido por el art. 248 del CPPF y por ello afectado el derecho de defensa. Expone sus argumentos con apoyo en normativa procesal, legislación internacional, jurisprudencia local y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Solicita en consecuencia la exclusión de toda la evidencia colectada en el marco de los plazos procesales violados a los que refiere, el sobreseimiento de sus asistidos y que se intime al MPF a que se ajuste al cumplimiento de los plazos que fija el CPPF." (puesta de posición del Ministerio Público Fiscal) "expone que están tomando conocimiento en este momento del planteo de la defensa, por lo que estima existe un desbalance de la igualdad de armas, pero que sin perjuicio de ello intentará dar réplica... En su opinión la jurisprudencia referenciada por la defensora no es aplicable a la presente causa por no tratarse de casos de narcotráfico... Discrepa con la apreciación de que los plazos son perentorios y que la Fiscalía no ha incumplido con normativa alguna, solicitando se rechace la nulidad articulada, el sobreseimiento y la intimación a ese Ministerio peticionadas." (decisión del Juez) "luego de expresar sus fundamentos, RESUELVE: '...rechazo el planteo de nulidad realizado por la defensa...'. Seguidamente consulta a las partes si tienen algo más que manifestar."
- Votos en disidencia: no consta disidencia; sí consta la manifestación de la defensa de "solicita dejar asentada su voluntad de impugnar lo resuelto y realizar reserva de caso federal por encontrarse en juego garantías esenciales, lo que se tiene presente por el Juez", la cual fue registrada pero no modifica la decisión.

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