ORUNESU RAFAEL ARCANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo previdenciario por reajustes y determinación de la Prestación Básica Universal; la Cámara confirmó la sentencia apelada en todos los puntos materia de agravio y diferió el análisis del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”.
¿Quién es el actor?
Orunesu Rafael Arcangel.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios sobre haberes previsionales, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), exención del impuesto a las ganancias y tratamiento de aportes autónomos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social, por mayoría, confirmó la sentencia recurrida en todo lo que fue materia de agravios; difirió el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; confirmó la imposición de costas a la parte vencida en la instancia de grado (con las precisiones sobre su fijación en función de la liquidación y el art. 36 ley 27.423); y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se establezca para la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
"En el sentido de lo expuesto, consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada..."
- Disidencia: El Sr. Sebastián E. Russo figura con disidencia parcial en la firma del acuerdo; el voto de J. A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión respecto de metodología sobre servicios autónomos y PBU pero adhiere a confirmar la sentencia apelada (menciones expresas del voto individual quedan como disidencia o reserva y no modifican la decisión de mayoría).
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