MEZA GUSTAVO ANDRES c/ MINISTERIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Reclamó la reincorporación del rubro “racionamiento” al haber de retiro por su supresión mediante el Decreto 243/15. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda, considerando que la incorporación cuestionada vulneraría la proporcionalidad entre haberes de actividad y pasividad.
¿Quién es el actor?
MEZA GUSTAVO ANDRES.
¿A quién se demanda?
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reincorporación al haber de retiro del rubro “racionamiento” que fue dejado sin efecto por el Decreto 243/15.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisible el recurso de apelación, revocó el pronunciamiento judicial recurrido y rechazó la demanda; impuso costas en ambas instancias por su orden (art. 68, 2° pár. CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"Por ello, para el caso de considerarse lo solicitado por la parte se estaría vulnerando la debida proporcionalidad aludida, por lo que corresponde revocar el pronunciamiento judicial recurrido."
"Al respecto, se recuerda que la Corte Suprema de Justicia de la Nación (318:403; 322:1868) ha considerado que en materia previsional de lo que se trata es de preservar la necesaria proporcionalidad que debe existir entre el haber de actividad y el de pasividad, en razón de su ya aludida naturaleza sustitutiva. Por otra parte, ese Alto Tribunal ha sentado el criterio según el cual 'no pueden excluirse del cómputo del haber jubilatorio, sin lesión al principio básico de necesaria proporción entre el haber de pasividad y el que se percibiría en actividad, adicionales que en razón de su propia naturaleza, no hacen sino retribuir discriminadamente lo que con anterioridad se percibía en el mismo cargo globalmente o bajo otra denominación…' ('Sánchez Guerra', A. y S. T. 69, pág. 3466; 'Lauría', A. y S. T. 93, pág. 225; etc.)."
"Que por medio del decreto 243/15 se dispone crear con carácter remunerativo y no bonificable, el suplemento particular por 'Responsabilidad Jerárquica'... Asimismo, dispone derogar mediante su art. 11 … los Decretos Nros. 379/89, ...; y por art 12 'Déjanse sin efecto las compensaciones otorgadas al personal penitenciario en situación de retiro y pensionados...'."
Además la sentencia expresa sobre costas: "las mismas han de ser impuestas en ambas instancias en el orden causado, atento la complejidad de la materia debatida, la circunstancia de que la parte actora pudo pensar razonablemente que le asistía derecho en su reclamo y el resultado de la presente litis (art. 68, segundo párrafo, del Código Procedal Civil y Comercial de la Nación)."
- Disidencias: no consta voto en disidencia en la parte resolutiva ni en los fundamentos reproducidos; lo resuelto corresponde al acuerdo de la Cámara.
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