CISNEROS CARLOS MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a la A.N.Se.S. solicitando el reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó el recálculo y actualización del haber inicial con las pautas de movilidad fijadas y difirió el tratamiento de ciertas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Cisneros Carlos Manuel.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (A.N.Se.S.).
- Objeto de la demanda: Reajuste y recálculo del haber previsional asignado bajo la ley 24.241; declaración de inconstitucionalidad de normas y condena al pago de diferencias y sus consecuencias.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a la ANSeS, dentro de los 120 días desde que exista sentencia firme, recalcular el haber inicial conforme a los lineamientos del decisorio; una vez recalculado (sin que pueda resultar inferior a lo percibido) actualizarlo con la movilidad allí determinada y abonar los haberes actualizados dentro del citado plazo; el cómputo de acreencias retroactivas deberá incorporar intereses y la cuestión presupuestaria corresponderá al organismo. Se difirió el tratamiento de la Ley 27.609 para la etapa de ejecución; se impusieron costas a la ANSeS y se regularon honorarios (15% del crédito resultante, con las reglas expuestas).
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"La demandada opuso la defensa de prescripción. Decido sobre su operatividad
- de conformidad con la inveterada jurisprudencia del Fuero a la que me remito
- y hago lugar a la misma desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
"Debo referir en relación a la pretensión de actualización del componente PBU, que dejo a salvo mi criterio por el que entiendo que en virtud de lo dispuesto por el artículo 4º de la ley 26417, la PBU dejó de estar vinculada con el valor del AMPO /MOPRE, y pasó a tener un valor fijo ($326). ... teniendo en cuenta lo actualmente dispuesto por las tres Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social ... resultaría de aplicación el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c.ANSeS' sent. del 11/11/14 ... Bajo estas consideraciones se difiere su tratamiento con estos lineamientos, para el momento de ejecución."
"De la lectura del Art. 26 de la Ley Nº 24.241 se desprende que el legislador ha establecido un tope para el cálculo del componente 'Prestación Compensatoria' del haber previsional. ... Por ello resulta ajustado a derecho diferir su tratamiento para el momento de practicarse liquidación, esto es en la etapa de ejecución de sentencia, en donde toda merma superior al 15% ameritara analizar la declaración de inconstitucionalidad del artículo cuestionado..."
En relación a la resolución reglamentaria: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." (refiriéndose al art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09).
- Disidencias: no se registra voto en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del juez instructor.
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