DE BARRENECHEA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES por reajustes varios y la actualización de la Prestación Básica Universal. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, ordenó costas a la demandada vencida y reguló honorarios por la actuación ante la Alzada.
¿Quién es el actor?
DE BARRENECHEA GRACIELA (la parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSES (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes varios y, en especial, la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU); además cuestiones vinculadas con aportes autónomos y la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida conforme a la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo” (Fallos: 346:634, 22/6/2023); se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación ante la Alzada en el 30% de lo fijado por su actuación en la instancia anterior con más IVA si corresponde; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"El Alto Tribunal de la Nación en la sentencia pronunciada en la causa “Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios (Fallos 337:1277), puso particular énfasis en el carácter integral de los beneficios de la seguridad social (C.N. art. 14 bis): 'aspecto del que es parte esencial –aclaró– la correcta fijación del monto inicial de los haberes, pues de otro modo no podría mantenerse una relación justa con la situación de los activos' (Considerando Nº 9)."
"En consecuencia, este análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU, deberá efectuarse –tal como lo dispuso el Alto Tribunal en el precedente 'Quiroga, Carlos Alberto'– al tiempo de practicarse la liquidación de la sentencia, ocasión en la cual recién se podrá determinar si la insuficiente actualización de la Prestación Básica Universal produce una disminución confiscatoria del 'total del haber inicial' del actor, con relación a la 'situación de los trabajadores activos' (v. considerando Nº 10), en cuyo caso el juez deberá determinar el mecanismo adecuado para redeterminarla, en procura de alcanzar la justa proporción a la que se refiere la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el considerando Nº 9 de este fallo."
"Sobre la inconstitucionalidad del artículo 26 de la Ley 24.241, corresponde confirmar el diferimiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento procesal en el cual se estará en condiciones de apreciar y constatar, con el debido rigor judicial, la existencia de un eventual perjuicio concreto derivado de su aplicación, permitiendo así una valoración precisa de sus efectos en el caso en cuestión."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; los Dres. Carnota y Fantini adhirieron al voto de la Dra. Dorado.
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