GODINO CLAUDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo de reajustes varios promovido por Godino Claudia contra ANSeS por actualización de haberes y cuestionamientos de inconstitucionalidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto; diferenció el examen de la ley 27.609 para la etapa de ejecución, declaró condicionadamente inconstitucional el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando los topes produzcan una quita superior al 15% y declaró inaplicable la escala de deducción del art. 9 inc. 2).
¿Quién es el actor?
Godino Claudia.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de prestaciones previsionales (cálculo del haber inicial y actualizaciones, impugnaciones de normas — Ley 27.609, Ley 24.463—, aplicación de topes y escalas de deducción, tasa de interés, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
Se revocó parcialmente la sentencia de grado y se confirmó en lo demás; se difirió para la etapa de ejecución el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609; se declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto de que en la liquidación la aplicación de topes provoque una quita superior al 15%; se declaró inaplicable la escala de deducción prevista en el art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 respecto del haber del actor; se impusieron costas a la demandada vencida y se regularon honorarios del apoderado de la actora en 30% sobre la suma que se fije en primera instancia más IVA si corresponde. Se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la prohibición de empeorar la situación del apelante: "Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)".
2) Sobre la inconstitucionalidad condicional del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463: "… resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 307:1985; 312:194, entre muchos otros". Y: "en consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal-".
3) Sobre la declaración de inconstitucionalidad en general como excepción: "la declaración de inconstitucionalidad de una ley o de alguna de sus partes es un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerada como ultima ratio del orden jurídico" (citas a Fallos de la CSJN), y por eso requiere demostración del agravio concreto.
4) Sobre la inaplicabilidad de la escala de deducción: se fundamenta en que el art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 aplica a prestaciones otorgadas por leyes anteriores a la Ley 24.241, mientras que el actor adquirió su beneficio "al cobijo de esta última, el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal".
- Votos y disidencias: el fallo resulta del acuerdo de la mayoría y recoge las propuestas de la mayoría del tribunal. Hubo matizaciones en la discusión sobre la Prestación Básica Universal (PBU) entre los vocales, pero la parte resolutiva final refleja la decisión adoptada por la mayoría.
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