IMPUTADO: CABRERA , MARIELA EMPERATRIZ (DI.GE.DRO.P.) s/INFRACCION LEY 23.737
La defensa apeló el procesamiento por tenencia simple de estupefacientes y el embargo de $200.000. La Cámara Federal de Tucumán confirmó el procesamiento y el embargo, entendiendo que existen elementos suficientes en grado de probabilidad para la figura de tenencia simple y que el monto embargado resulta razonable.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal / Estado (investigación penal federal)
¿A quién se demanda?
Mariela Emperatriz Cabrera (imputada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestionó el procesamiento sin prisión preventiva por el delito de tenencia simple de estupefacientes (art. 14, primer párrafo, ley 23.737) y el embargo trabado sobre bienes de la imputada por $200.000; la defensa solicitó revocación del procesamiento y reducción o revocación del embargo, invocando arbitrariedad, atipicidad y falta de prueba de la tenencia.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la resolución de fecha 22/10/2025 en cuanto dispone el procesamiento de Mariela Emperatriz Cabrera como presunta autora del delito de tenencia simple de estupefacientes y el embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $200.000; además, se ordenó remitir las actuaciones al juzgado de origen para profundizar la investigación y se dispuso remitir copias de actas para investigar la diferencia de pesaje.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"La resolución cuestionada atribuye a la Sra. Cabrera ser presunta autora penalmente responsable del ilícito previsto en el art. 14, primer párrafo de la Ley 23.737, tenencia simple de estupefacientes... No siendo necesario la detentación física y material del producto, si concurre, en cambio, lo que ha sido definido como dominio funcional de la cosa, es decir, opción y posibilidad de disposición sobre la droga. Para que al sujeto pueda imputársele la tenencia debe tener la disponibilidad real sobre la sustancia."
"En suma, analizados los elementos obrantes en autos de forma armónica y razonada, en virtud de la cantidad de material estupefaciente secuestrado (que excede lo que puede considerarse para consumo personal), las circunstancias de su secuestro y la presencia de Cabrera en el domicilio allanado, estimamos que corresponde, por el momento, confirmar la figura penal de tenencia simple de estupefacientes, por ser la más adecuada para encuadrar la conducta desplegada por la imputada."
"Vale recordar que: 'El procesamiento es una decisión jurisdiccional emitida por el juez a cargo de la instrucción que, bajo la forma de auto, analiza la prueba colectada, conforme a las reglas de la sana crítica, para llegar a la creencia, prescindente de certeza plena, de que se cometió un delito y que el imputado se encuentra vinculado a su ejecución... Es un juicio de probabilidad…que no requiere, por tanto de certidumbre apodíctica...y que importa el reconocimiento del mérito de la imputación' (Guillermo R. Navarro–Roberto R. Daray...)."
También se transcribe el fundamento relativo al embargo: "La cautelar en cuestión se trata de una afectación provisoria y anticipada de bienes de los imputados... Su monto debe tratarse de un estimativo... En el presente caso, consideramos razonable la suma de pesos doscientos mil ($ 200.000) impuesta por el juez en concepto de embargo, atento a los gastos que pudiese generar la presente causa..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el acuerdo final.
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