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FIGOL ALBERTO c/ MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo de reconocimiento de condición de veterano de guerra por participación en Malvinas. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda, por insuficiencia probatoria respecto de la exigida acción bélica y por no acreditarse los requisitos temporales, geográficos y de acción establecidos por la jurisprudencia de la Corte Suprema.

Veterano de guerra Ley 23.848 Toas Tom Accion belica Carga probatoria Apelacion Costas Honorarios Uma


¿Quién es el actor?

FIGOL ALBERTO.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa y otro.
- Objeto de la demanda: reconocimiento de la condición de veterano de guerra (pensión honorífica prevista por Ley 23.848 y normas conexas) por presunta prestación de funciones con riesgo de combate durante el conflicto de 1982.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala 2, confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda; impuso las costas de alzada por su orden y reguló honorarios de la representación letrada de la actora en 3 UMA ($277.446), con más IVA si correspondiera, y ordenó devolver el expediente al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "El art. 1º de la Ley 23.848 -texto según Ley 24.652
- otorga la pensión honorífica de veteranos de la Guerra del Atlántico Sur '…a los ex soldados conscriptos de las fuerzas armadas que hayan estado destinados en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T.O.A.S), y a los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio y/o apoyo en los lugares antes mencionados…'." "En autos 'Gerez Carmelo Antonio c/Estado nacional –M de Defensa s/ impugnación de resolución administrativa-proceso ordinario' ... la Corte Suprema ... dispuso que 'a fin de ser considerado veterano de guerra, la norma específica requiere haber cumplido funciones entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones de Malvinas (TOM) o bien en el Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), aunque en este último caso se exige, además, haber entrado efectivamente en combate', estableciendo la concurrencia de un triple orden de requisitos: temporal, geográfico y de acción." "Si bien la actora invoca certificaciones y reconocimientos administrativos internos, tales constancias no resultan suficientes para acreditar el cumplimiento de los requisitos legales exigidos por la normativa vigente y la jurisprudencia citada." "En consecuencia, no se encuentra configurado el presupuesto necesario para tener al actor como Veterano de Guerra de Malvinas en los términos reclamados. Por ello, corresponde confirmar la sentencia apelada."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; los tres vocales (Fantini Albarranque, Carnota y Dorado) adhirieron al mismo análisis y votaron por confirmar.

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