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MARTINEZ JORGE VICTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.241 y la actualización de la PBU. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente al reclamo (admitió la prescripción respecto de ciertos períodos y ordenó el recálculo del haber y el pago de retroactivos según las pautas fijadas), rechazando los planteos de inconstitucionalidad y confirmando la aplicación de las leyes de movilidad vigentes.

Anses Pbu Ley 24.241 Movilidad jubilatoria Prescripcion art. 82 ley 18.037 Recalculo de haberes Ley 27.426 Retroactivos Confiscatoriedad Seguridad social

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: MARTINEZ JORGE VICTOR. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste del beneficio previsional (jubilación Nº 14-0-0418288-0-8; adquisición del derecho 09/11/2020) conforme a la ley 24.241 y normativa complementaria; impugnación de diversos artículos y normas por inconstitucionalidad y pedido de actualización de la PBU, PC y PAP. Decisión: Se hizo lugar a la defensa de prescripción propuesta por ANSES en los términos del art. 82 de la ley 18.037 y, en forma parcial, a la demanda del actor; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y los retroactivos conforme a las pautas fijadas en la sentencia dentro de los 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios. El tribunal rechazó los planteos de inconstitucionalidad y determinó que deben aplicarse las reglas legislativas y los precedentes del Alto Tribunal para el cálculo y la verificación de confiscatoriedad.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En base a dicha afirmación, me he inclinado anteriormente por rechazar la actualización de dicho componente para quienes obtuvieran sus beneficios con posterioridad a marzo de 2009. Ahora bien, conforme lo resuelto por la totalidad de la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ha revocado dicha criterio con fundamento en lo dispuesto por el Máximo Tribunal en autos 'Quiroga Carlos Alberto c/ Anses' Sent. CSJN 11/11/2014 ... considero que a fin de evitar dilaciones procesales innecesarias en desmedro de las partes, corresponde me expida sobre el particular." 2) "Ello así, a fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios' y con el objeto de ponderar la falta de reajuste en la P.B.U. inicial, respecto al mecanismo para repararla, adheriré al criterio uniforme que emana del Superior – por economía procesal
- ... disponiendo que el valor del MOPRE debe ser actualizado por el índice considerado por la Excma. CSJN. en el precedente 'Badaro' y luego las movilidades dispuestas por ley 26198 y los dtos 1346/07 y 279/08, y a partir de 03/2009 los aumentos previstos por la ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del beneficio." 3) "En consecuencia, atendiendo a la fecha de adquisición del derecho, y toda vez que el Congreso de la Nación ha dispuesto en forma específica el índice que corresponde aplicar para la actualización de las remuneraciones correspondientes (conf. 3 de la ley 27.426), estimo procede desestimar el reclamo ejercido sobre el punto. Ello por cuanto, la parte actora no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho." 4) "La forma en que se resuelve, me exime de expedirme respecto de los demás planteos efectuados por las partes."
- Disidencias: no constan votos en disidencia en el expediente; la decisión es del juez competente en primera instancia.

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