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GOMEZ RAMONA IRMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas. El juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, admitió en parte la defensa de prescripción y ordenó a ANSES recalcular el haber y pagar los retroactivos según las pautas fijadas, rechazando demás controles de inconstitucionalidad.

Reajustes Anses Pension directa Isbic Ley 24.241 Prescripcion Movilidad Ley 27.426 Retroactivos Costas


¿Quién es el actor?

GOMEZ RAMONA IRMA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por diferencias de haberes (reajuste de prestación de pensión directa) y demanda de inconstitucionalidad de normas de movilidad y topes aplicados para el cálculo del haber.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al reclamo: se admite la defensa de prescripción en parte y, en consecuencia, se ordena a ANSeS que abone a la actora el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se imponen costas en orden causado y se difiere regulación de honorarios. Se desestiman los restantes controles de inconstitucionalidad por insuficiencia probatoria o inaplicabilidad.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "El organismo demandado deberá actualizar las remuneraciones mediante el índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), hasta la fecha de entrada en vigencia de la ley 26.417 (febrero de 2009 inclusive)." "Por lo tanto, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 inciso 2º de la ley 24.463. Corresponde estar a la postura señalada en dichos fallos, con relación al período allí reconocido, esto es desde el 1/1/2002 al 31/12/2006, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado." "El hecho de que el legislador estableciera una fórmula para el cálculo ... no permite afirmar, como lo hace la actora, que aquél haya previsto un devengamiento mensual de las sumas resultantes de aplicarla, ya que dicha previsión no resulta expresamente del texto normativo, ni tampoco encuentro elementos que permitan así inferirlo." "La forma en que se resuelve, me exime de expedirme respecto de los demás planteos efectuados por las partes." Dispositivo (transcripción): "Por todo lo expuesto, y citas legales invocadas, FALLO: 1) Hago lugar a la defensa de prescripción deducida y parcialmente, a la demanda interpuesta por GOMEZ RAMONA IRMA, en los términos expuestos en los considerandos precedentes, 2) Ordeno a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días (Conf. art. 22 de la ley 24.463) que se computará desde que la sentencia quede firme, 3) Impongo las costas del proceso por su orden ... 4) Difiero la regulación de honorarios ..."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el pronunciamiento.

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