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DENIS JUAN ALBERTO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamo por inconstitucionalidad del decreto 679/1997 y restitución de descuentos previsionales. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad del decreto 679/1997 y ordenó el cese de los descuentos y la restitución de las diferencias (3%) desde los dos años previos a la demanda con intereses.

Decreto 679/1997 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Gendarmeria nacional Cesacion de descuentos Restitucion Intereses Prescripcion (art.2562 cc) Costas Seguridad social.


¿Quién es el actor?

DENIS JUAN ALBERTO; LEZCANO ANTOLIN; TORRES INOCENCIO TIMOTEO.

¿A quién se demanda?

ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DE SEGURIDAD; GENDARMERÍA NACIONAL; CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICÍA FEDERAL.
- Objeto de la demanda: Se solicitó declarar la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997, ordenar el cese de los descuentos en concepto de "Aporte Previsional" y el reintegro de lo descontado.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva planteada por GENDARMERÍA NACIONAL; se hizo lugar a la demanda, se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/1997 y se condenó a las demandadas a cesar los descuentos y a restituir a los actores las diferencias por los aportes efectuados en virtud del Decreto 679/1997 (3%) desde los dos años previos a la interposición de los reclamos administrativos o de la demanda, con intereses. Se ordenó que el pago se efectúe por el organismo correspondiente en la forma en que se liquidan los haberes de retiro; se impusieron las costas a la parte demandada y se diferenció la regulación de honorarios para la liquidación definitiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes): 3.
- "Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expedido sobre la cuestión en los autos 'PINO SEBERINO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL
- MINISTERIO DEL INTERIOR
- s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG' (Fallos: 344:2690 de fecha 7/10/2021), resolviendo en cuanto a las disposiciones de la ley 22.788 el rechazo del pedido de inconstitucionalidad, toda vez que '…resulta de aplicación la doctrina […] según la cual la modificación de una norma por otra posterior de igual jerarquía no da lugar a cuestión constitucional, pues nadie tiene derecho adquirido al mantenimiento de leyes o reglamentos, ni a su inalterabilidad (Fallos: 315:839; 327:5002; 338:757), más aún cuando la imposición de dicha carga se sustenta en razones de interés colectivo y manifiesto carácter asistencial, sin que se advierta que vulnere los derechos superiores invocados.' Por el contrario, entendió procedente el planteo referido a la inconstitucionalidad del decreto 679/1997, resaltando que no se demuestra que '…el dictado del decreto en cuestión haya obedecido a la necesidad de adoptar medidas inmediatas para paliar una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia que pusiera en riesgo el normal funcionamiento del sistema previsional de la Gendarmería Nacional sino que, por el contrario, traducen la decisión de modificarlo de manera permanente, sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé.'" 4.
- "Por lo expuesto, dado que el caso en estudio es análogo a los citados, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/1997. En consecuencia, deberán restituirse a los actores las diferencias por los aportes efectuados con fundamento en esta última norma (3%). A las sumas generadas deberán adicionarse intereses que se calcularán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ... desde que cada suma fue debida hasta el efectivo pago."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el texto. La decisión es unipersonal por la Jueza Federal Alicia Isabel Braghini en primera instancia.

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