DOMENECH CAROLA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes varios: pretensiones de ANSeS contra distintos puntos de la sentencia fueron parcialmente acogidas y parcialmente confirmadas. La Cámara revocó lo decidido respecto del art. 2 de la ley 27.426, pospuso para ejecución el tratamiento de la PBU y de los topes de haberes, confirmó las costas de grado según art. 68 CPCCN y, en lo demás, confirmó la sentencia apelada.
¿Quién es el actor?
DOMENECH CAROLA.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
- Objeto de la demanda: impugnación de actos administrativos y reclamo por reajustes varios de la prestación previsional (revisión del haber inicial, actualización de aportes autónomos, tratamiento de la Prestación Básica Universal -PBU
- y aplicación de topes de haberes).
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió: (i) revocar lo decidido respecto del art. 2 de la ley 27.426; (ii) posponer el tratamiento de la PBU para la etapa de ejecución de sentencia; (iii) posponer el tratamiento de los topes de haberes en actividad para la etapa de liquidación de sentencia; (iv) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado conforme al art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423 (las costas se fijarán a la vencida si surgen sumas a favor del actor en la liquidación, en caso contrario en el orden causado); y (v) confirmar la sentencia recurrida en lo demás objeto de agravio.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re 'QUIROGA', momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de la Sala III del Fuero..."
2) "Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso, más allá de la normativa invocada, la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN, por sentencia del 22.06.2023, recaída en la causa FCR 21049166/2011/CS1, in re 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' (Fallos: 346:634), en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423. En este sentido sostuvo que '…se revoca la sentencia respecto de lo resuelto sobre las costas de la primera instancia y se la confirma en lo referente a las costas de la alzada y a la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del decreto de necesidad y urgencia 157/2018 …'."
3) "Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque deja a salvo su opinión parcial sobre los aportes autónomos y la metodología de actualización; en su voto señala, entre otros, la importancia del precedente "Volonté" y recuerda que la Corte sostuvo: "Resulta inequívocamente demostrado el perjuicio económico que ocasionó al recurrente el cómputo realizado para determinar su prestación..." (CSJN, 28/03/85). Su disidencia parcial guarda su criterio sobre la forma de recalcular y actualizar aportes autónomos, pero quedó en minoría respecto del acuerdo final.
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