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ARAUJO ESTER HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora promovió acción contra ANSES por reajustes varios y redeterminación del haber inicial y componente PBU. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada: difirió el análisis de la revisión del haber inicial del componente PBU para la ejecución conforme Quiroga, confirmó la sentencia en lo demás y confirmó la imposición de costas según el art. 68 CPCCN y art. 36 ley 27.423.

Araujo Anses Reajustes varios Pbu Quiroga Revision del haber inicial Costas Art. 68 cpccn Art. 36 ley 27.423 Seguridad social


¿Quién es el actor?

ARAUJO, Ester Haydee.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios; redeterminación del haber inicial (con fecha de adquisición del derecho 20/11/2015), actualización de remuneraciones y determinación del valor de la Prestación Básica Universal (PBU), y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación; en consecuencia se difiere el análisis de la revisión del haber inicial del componente PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; se confirma lo resuelto sobre las costas en la instancia de grado en la forma indicada (imposición al vencido conforme art. 68 CPCCN en caso de surgir sumas a favor del actor, o en su defecto orden causado conforme art. 36 ley 27.423); se confirma la sentencia en lo demás que fue materia de agravios; y se imponen costas por su orden en la Alzada atendida la forma del pronunciamiento.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): 1) "En tales condiciones, este criterio ha de ser observado con relación a la actualización de las remuneraciones devengadas hasta el mensual 2/09 inclusive, para las que habrá de estarse a las pautas sentadas por la CSJN en el precedente “Elliff” citado. A partir del mensual 3/09 se actualizarán de conformidad al índice previsto por el art. 2 de la ley 26.417. Dichas actualizaciones -las previas al mensual 3/09 como las posteriores-, habrán de extenderse hasta la fecha de adquisición del derecho." 2) "Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala..." 3) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Votos/datos relevantes sobre disidencia: La Dra. Dorado deja a salvo su criterio respecto de planteos efectuados por las partes (se consignan considerandos y precedentes a los que remite), pero la resolución fue adoptada por mayoría conforme al bloque dispositivo final; no consta disidencia formal que modifique lo resuelto por mayoría.

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