PEDRAZZOLI DANIEL OSCAR c/ MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
El actor demandó al Ministerio de Defensa y al Estado Nacional por la incorporación de los suplementos del Decreto 1305/2012 al haber de retiro como remunerativos y bonificables. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la mayoría de la sentencia de grado pero revocó parcialmente la regulación de honorarios, diferenciando la liquidación definitiva para su oportunidad y disponiendo costas de alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Pedrazzoli Daniel Oscar.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Defensa y otro (Estado Nacional).
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se incorpore al haber mensual de pasividad los suplementos instituídos por el Decreto 1305/2012 y modificatorios, con carácter remunerativo y bonificable, y se condenara en consecuencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado únicamente para diferir la regulación de honorarios para el momento en que medie liquidación definitiva; confirmó en lo demás lo decidido por la sentencia recurrida; impuso costas de alzada a la demandada; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior más IVA; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Corresponde señalar que esta Sala –con anterior integración– se ha expedido en un caso análogo al de autos, –confirmado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación 'BACCINI RICARDO Y OTROS C/ ESTADO NACIONAL MIN. DE DEFENSA EJÉRCITO ARGENTINO S/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG.'... La prueba producida en la causa mencionada aclara la cuestión relativa a la indudable naturaleza 'general' que ostentan los suplementos creados por el Decreto 1305/12 y, por lo tanto, deben ser incorporados al haber mensual de pasividad como remunerativos y bonificables."
"Así lo sostuvo el más Alto Tribunal de la Nación en autos 'Sosa, Carla Elizabeth y otros c/ EN – M. Defensa – Ejército s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.'... 'Los suplementos mencionados no reúnen en la práctica ninguna de las características mencionadas en el art. 57 de la ley 19.101 para ser considerados suplementos particulares, sino que comportan lisa y llanamente un aumento en la remuneración de la generalidad del personal militar en actividad. En tales condiciones, procede calificar ese aumento como remunerativo y computarlo en la base para el cálculo de todos aquellos suplementos que, conforme a la reglamentación, se determinen como porcentaje del “haber mensual”'."
"En mérito de lo que resulta del presente acuerdo, el Tribunal RESUELVE: 1) Revocar parcialmente la sentencia de grado y diferir la regulación de honorarios para el momento en que medie liquidación definitiva; 2) Confirmar la sentencia recurrida en lo demás que decide y ha sido materia de agravios..."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el bloque dispositvo final; la decisión consignada es la de la mayoría del Tribunal.
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