VEGA JULIO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
El actor demandó a ANSES por inconstitucionalidad de normas y reclamos de recomposición previsional e impuestos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el pronunciamiento apelado en lo resuelto, aplicando precedentes de la Corte Suprema y ordenando costas a la demandada y regularización de honorarios.
¿Quién es el actor?
VEGA Julio.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: planteos de inconstitucionalidad (art. 2 Ley 27.426 y Ley 27.541 y decretos), reclamo de recomposición del haber previsional a enero de 2021 y exención del impuesto a las ganancias; además cuestiones de prescripción.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en lo que decide y ha sido materia de agravios; impuso costas de Alzada a la demandada vencida; reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de la suma que le corresponda por su actuación en la instancia anterior (más IVA si corresponde) y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En relación al art. 2 de la Ley 27426, si bien esta Sala por mayoría se ha pronunciado a favor de su inconstitucionalidad, recientemente el Superior Tribunal de Justicia de la Nación se ha expedido en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Expte. 138932/2017, en fecha 4 de diciembre de 2025, revocó la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27426."
"En virtud de ello y, habida cuenta la jerarquía que se reconoce a los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación como Máximo Tribunal de Alzada ... corresponde estar a lo dispuesto por el Alto Tribunal de la Nación al respecto y confirmar la sentencia apelada."
"En torno al agravio referido al impuesto a las ganancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en un caso de aristas similares al presente se ha expedido; ver 'García Marta Susana c/ ANSES s/ Reajustes Varios', sentencia del 10 de septiembre de 2020' ... Por tales motivos, cuestiones de economía y celeridad procesal me obligan a remitirme a dichos fundamentos."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque manifestó expresamente: "Disiento con el voto que antecede." (consta su discrepancia en el acuerdo, siendo la decisión final la de confirmar conforme al dispositivo).
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