UNREIN OVIDIO FLORENTINO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSeS por reajustes varios vinculados al cálculo del haber previsional y sus componentes (PC, PAP y PBU). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios a favor de la representación actora (30% más IVA sobre lo que se fije en primera instancia).
¿Quién es el actor?
UNREIN OVIDIO FLORENTINO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios relativos a la actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial y la actualización de componentes del haber previsional (PC, PAP y Prestación Básica Universal
- PBU), así como impugnaciones relativas a prescripción, tasa de interés y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada conforme surge de los considerandos, confirmó lo demás que decidió la instancia de grado, impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida conforme doctrina de la CSJN (Morales Blanca Azucena c/ ANSeS), reguló honorarios por la actuación en alzada en el 30% de la suma que se fije por la labor en primera instancia más IVA, y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En lo relativo a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” (Fallos 332: 1914) doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” de fecha 18 de diciembre de 2018. En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos mas de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna."
"Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a los fines del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho."
"En el marco de lo resuelto por la CSJN en autos: “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo”, Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023, a cuyos argumentos me remito en honor a la brevedad, corresponde revocar la imposición de costas e imponerlas a la demandada vencida (art. 36 Ley 27.423)."
- Votos y disidencias relevantes: Los Dres. Carnota, Dorado y Fantini adhieren al voto que encabeza el decisorio; no surge disidencia en el acuerdo final.
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