Logo

JOFRE JORGE ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió acción por reajustes varios y cuestionó la actualización de la Prestación Básica Universal, la ley 27.609, y la incorporación de bonos previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, difirió para la ejecución el tratamiento de los bonos y la inconstitucionalidad de la ley 27.609, y confirmó lo demás, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Recurso de apelacion Prestacion basica universal Ley 27.609 Dnu 274/2024 Bonos previsionales Constitucionalidad Indice badaro Quita confiscatoria 15% Costas Honorarios


¿Quién es el actor?

JOFRE JORGE ALBERTO.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (especialmente actualización de la Prestación Básica Universal
- PBU), impugnación de la movilidad establecida por la Ley 27.609 y solicitud de incorporación de “bonos” o “refuerzos extraordinarios”; además cuestionamientos relativos al impuesto a las ganancias y topes (art. 9 inc. 3) Ley 24.463).

¿Qué se resolvió?

La Cámara resolvió revocar parcialmente la sentencia apelada; diferir el tratamiento de la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios” y el análisis de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del DNU 274/2024 para la etapa de ejecución; confirmar lo resuelto en la instancia de grado en lo demás; imponer costas de Alzada a la demandada vencida conforme la doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena c/ ANSeS”; regular honorarios en favor de la representación letrada de la parte actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior más IVA; y devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Bajo el influjo de tal exégesis constitucional, el Tribunal Cimero consideró que a los fines de alcanzar una solución razonable al dilema que plantea el recurrente, y también consubstancial con aquellas premisas, debía considerarse de manera concreta, 'qué incidencia tenía la ausencia de incremento de uno de los componentes de la jubilación [en el caso, la P.B.U.] sobre el ´total del haber inicial´ –pues éste es el que goza de protección [enfatiza el Superior]– y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita [con relación a la “situación de los activos”] resultaba confiscatorio.' (Considerando Nº 10)." 2) "En consecuencia, ante el nuevo escenario fáctico suscitado y a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que en casos como el de autos donde no se encuentra ordenada la actualización de la PC y la PAP, la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Badaro' del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria (esta cuenta se realizará comparando el haber de Caja, con la sumatoria de la PC y PAP de Caja más la PBU actualizada. Si la diferencia en el monto final supera el 15% del haber de Caja, corresponde su actualización)." 3) "Las sumas instituidas por los decretos cuestionados, siguen siendo abonadas. En virtud de lo esbozado, entiendo que el planteo de la actora exige un análisis más profundo y contextualizado que resulta prematuro en esta instancia, máxime que se ha ordenado diferir el tratamiento del pedido de inconstitucionalidad de la ley 27.609. Por lo expuesto, considerando que el análisis de esta cuestión guarda estrecha relación con otros aspectos cuyo tratamiento ha sido diferido, entiendo que este planteo debe seguir igual suerte, por lo que propicio tal como lo hice con relación a la Ley 27.609 diferir su evaluación para la etapa de ejecución de sentencia."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini disintió del voto mayoritario; propuso, respecto de la PBU, revocar parcialmente la instancia de grado y ordenar el recálculo de la PBU conforme al precedente invocado en "Grattone Angel Celestino c/ ANSeS s/reajustes varios" (propuesta minoritaria que no fue aceptada por la mayoría).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar