Logo

CANTARO AMALIA JOSEFA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Demanda previsional por reajustes y aplicación de nuevas pautas de movilidad y bonos. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó la sentencia de grado, hizo lugar parcialmente a la demanda y ordenó a ANSeS pagar diferencias correspondientes a enero y febrero de 2021; diferenció el tratamiento de la ley 27.609, del DNU 274/2024 y de los “bonos” para la etapa de ejecución.

Anses Movilidad previsional Ley 27.609 Dnu 274/2024 Bonos extraordinarios Diferencias enero-febrero 2021 Art. 22 ley 24.463 Costas Tasa pasiva Honorarios


¿Quién es el actor?

Cántaro Amalia Josefa.

¿A quién se demanda?

ANSeS (organismo demandado).
- Objeto de la demanda: impugnación de normas y decretos relativos a la movilidad previsional (cuestionamiento de Ley 27.426 arts. 1 y 2, Ley 27.541, decretos vinculados, Ley 27.609, incorporación de “bonos” y aplicación del DNU 274/2024) y pedido de diferencias por reajustes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia apelada y hizo lugar parcialmente a la demanda en el plazo del art. 22 Ley 24.463 (conforme art. 82 ap.3º Ley 18.037), ordenando a ANSeS que abone al beneficiario las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021; a partir de allí se aplicará la Ley 27.609. Se difirió para la etapa de ejecución el planteo relativo a la Ley 27.609, la aplicación del DNU 274/2024 y la incorporación de los “bonos” o “refuerzos extraordinarios”. Se impusieron costas a la demandada y se fijaron pautas sobre intereses, tasa y honorarios.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "Corresponde revocar la sentencia de grado, en lo que respecta, y se propicia ordenar al organismo demandado que abone al titular las diferencias que pudieran surgir entre la movilidad percibida en virtud de los decretos dictados en el contexto de emergencia económica y la que le hubiera correspondido recibir de haberse aplicado la pauta de movilidad suspendida, únicamente para los meses de enero y febrero 2021, y de allí en adelante se aplicará la nueva ley vigente 27.609." "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución." "Cabe destacar que el DNU 274/2024 introdujo una nueva pauta de movilidad previsional, a la vez que derogó el art. 1 de la Ley 27.609, fundada en la variación mensual del índice de precios al consumidor y orientada a recomponer la pérdida de poder adquisitivo que ocasionó la fórmula de la Ley 27.609. Habida cuenta la estrecha relación y conexidad existente entre el decreto y la Ley 27.609 se impone su tratamiento conjunto. En consecuencia, se difiere el análisis del DNU 274/2024 para la etapa de ejecución de sentencia, donde podrá evaluarse su real incidencia en la cuantía del haber."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini disiente parcialmente (confirma la instancia de grado en algunos puntos respecto de la Ley 27.541 y decretos vinculados), pero la decisión se adoptó por mayoría y la resolución consignada en la parte resolutiva es la que prevalece.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar