MORALES, OSCAR RODOLFO Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO ARGENTINO s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
Reclamo de militares retirados por incorporación del coeficiente de bonificación de la ley 19.485 a sus haberes. La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó la incorporación del suplemento y el pago de las sumas retroactivas, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios por un 30% en Alzada.
¿Quién es el actor?
MORALES, OSCAR RODOLFO y JULIO EDUARDO HUANQUE.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa
- Ejército Argentino.
- Objeto de la demanda: Incorporación en el haber de retiro del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 y pago de las sumas retroactivas correspondientes con intereses.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó el pronunciamiento de fs. 78/82 en todo cuanto fue materia de apelación; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida; y se regularon los honorarios de los profesionales por la actuación en Alzada en un 30% de lo que oportunamente se regule en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"II
- De las constancias de autos surge que el señor juez federal de la ciudad de Esquel admitió la demanda deducida por los Sres. MORALES OSCAR RODOLFO y JULIO EDUARDO HUANQUE contra el ESTADO NACIONAL-MINISTERIO DE DEFENSA-EJERCITO ARGENTINO y ordenó la incorporación en su haber de retiro del coeficiente de bonificación establecido por la ley 19.485 -en la medida que continúen residiendo en el ámbito geográfico de aplicación de la norma. Asimismo, ordenó el pago de las sumas retroactivas devengadas por tal concepto por el período bienal anterior a la promoción de la demanda, más los intereses calculados a la tasa pasiva del BCRA desde que cada suma es adeudada y hasta su efectivo pago."
"IV.
- Que la materia que fuera decidida en la sentencia puesta en crisis y los agravios que habilitan esta instancia recursiva, resultan análogos a los ya tratados y resueltos por esta Alzada en el precedente de Registro FCR 1749/2025, in re: 'ESPINOSA EDUARDO JUAN c/MINISTERIO DE DEFENSA Y OTRO s/SUPLEMENTOS DE FUERZAS ARMADAS Y SEGURIDAD', con los que se advierte total coincidencia en las cuestiones que constituyen materia de pronunciamiento, y al que por esta razón corresponde remitirse. Que desde la implementación del Portal de la Justicia Argentina ... el antecedente citado, puede ser libremente compulsado por las partes ... cuyas consideraciones se ajustan plenamente al caso sub examine sometido a decisión y que aquí corresponde tener por reproducidas."
- Votos en disidencia: No existieron votos en disidencia; el Dr. Aldo E. Suárez adhirió al voto del Dr. Leal de Ibarra.
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