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CARIDE PABLO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Acción de amparo por devolución e inclusión de aportes voluntarios en el cálculo jubilatorio contra ANSeS. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda ordenando la devolución de los aportes voluntarios con intereses y fijó costas de alzada a la demandada por orden.

Amparo Aportes voluntarios Anses Devolucion Intereses Ley 26.425 Prescripcion Costas de alzada Seguridad social Precedentes csjn


¿Quién es el actor?

CARIDE PABLO.

¿A quién se demanda?

ANSeS.
- Objeto de la demanda: Petición de individualización y devolución de aportes efectuados como "voluntarios" o su inclusión en el cálculo del haber jubilatorio, más capital, actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, ordenando la devolución del saldo de los aportes voluntarios con sus intereses y disponiendo costas de alzada por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "Que la parte actora promovió acción de amparo contra la ANSeS a fin de que se efectúe la individualización de los aportes efectuados por su parte, con carácter “voluntario” y se ordene la restitución de los mismos o bien, se ordene la inclusión de los mismos en el cálculo de su haber jubilatorio. Asimismo solicitó el pago de las sumas por capital, actualización monetaria e intereses, a las que -conforme tal reconocimiento
- resulte acreedor." 2) "En estas condiciones, con el alcance de la doctrina emanada del Alto Tribunal, corresponde confirmar lo decidido por el Sr. Juez a quo." (citación al precedente de la CSJN en "Villarreal, Mario Jesús ...", y a la sentencia de la Sala referente "Folino Gustavo Daniel...") 3) "Que en cuanto al agravio vertido por la demandada, en torno a lo resuelto respecto de la excepción de prescripción articulada su parte, ... la transferencia de los aportes voluntarios al Fondo de Garantía de Sustentabilidad (art. 7 de la ley 26.425) se ejecutó sin que, hasta la fecha, se haya reglamentado la opción del art. 6 para derivar esos fondos a la ANSES ... Esta omisión configura un supuesto de ilegalidad manifiesta y continuada en el tiempo, lo cual obsta a que el organismo pretenda valerse de la defensa en tratamiento."
- Sobre intereses y costas: el Tribunal rechazó el agravio de ANSeS respecto de la aplicación de intereses porque "del escrito de demanda surge que la actora sí ha requerido la aplicación de dichos intereses", y dispuso expresamente: "Costas de alzada por su orden, toda vez que no ha mediado réplica al memorial en examen (art. 68 segundo párrafo CPCCN y 17 de la ley 16986)."
- Votos en disidencia: no consta voto en disidencia en el acuerdo final; la Parte Resolutiva expresa la decisión unánime del Tribunal.

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