CASERES RAMON LUCIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes de la Prestación Básica Universal y cálculo del haber inicial. La Cámara Federal de la Seguridad Social modificó la sentencia de grado: revocó la orden de aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual reclamada, diferió para ejecución los cuestionamientos sobre topes de haberes y confirmó la sentencia en lo demás, imponiendo costas por su orden y fijando honorarios de Alzada.
¿Quién es el actor?
Caseres Ramón Luciano (beneficiario de prestación previsional).
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios — actualización del haber inicial y de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnaciones sobre índices de actualización, aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias, intereses e hidratos procesales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, resolvió revocar la parte de la sentencia de grado que ordenaba aplicar a los haberes de enero y febrero de 2021 la diferencia porcentual entre los aumentos suspendidos y los abonados en 2020; diferir para la etapa de ejecución los cuestionamientos relativos a la aplicación de topes de haberes; confirmar lo resuelto sobre costas en la instancia de grado en los términos indicados; confirmar la sentencia recurrida en lo demás; imponer costas por su orden en la Alzada y fijar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (textos transcritos):
"Que, en atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional... por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 –base de cálculo para la movilidad consagrada en la ley 27609
- el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
"Que, por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes (art. 26 de la ley 24.241, art. 9 de la ley 24.463, Resolución SSS 6/2009) ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
"Que en orden al embate dirigido en torno a las costas del proceso... la cuestión suscitada ha sido recientemente abordada por la CSJN... en la cual, en el marco de un proceso vinculado al reconocimiento de un beneficio de pensión por fallecimiento, ratificó la vigencia del artículo 36 de la ley 27.423... En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida... siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
- Disidencia: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre varios puntos (se consignó como "en disidencia parcial" al firmar), remitiéndose a precedentes y solicitando particular atención respecto del índice para la PBU y la inconstitucionalidad de la ley 27.609; dicha opinión quedó como disidencia parcial y no modifica la decisión de la mayoría.
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