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GUEVARA ALEJANDRO DANIEL c/ ANSES s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA

Acción meramente declarativa por inclusión en el régimen de la ley 22.929 para investigadores científicos. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que desestimó la demanda por falta de acreditación indubitable de los aportes y de la categorización de las tareas exigidas por la norma y ordenó imponer las costas de Alzada en el orden causado.

Guevara Anses Ley 22.929 Regimen especial investigadores Decreto 160/2005 Descuento 2204 Descuento 2266 Accion meramente declarativa Seguridad social Costas de alzada


¿Quién es el actor?

Alejandro Daniel Guevara.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Se solicitó que se declare que el actor se encuentra comprendido en el régimen previsional especial de la ley 22.929 (investigadores científicos y tecnológicos), la declaración de inconstitucionalidad del decreto 78/94 y, en su caso, la aplicación del suplemento previsto por el decreto 160/2005.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que rechazó la acción meramente declarativa por no acreditarse de manera indubitable que el actor prestó servicios en los organismos taxativamente comprendidos por la ley 22.929 ni que desarrolló las tareas técnico-científicas o de dirección en los términos exigidos por la norma. Se impusieron las costas de Alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Sin perjuicio de ello, también cabe destacar que de las constancias de autos no surge de manera indubitable que el actor hubiera prestado servicios en alguno de los organismos taxativamente comprendidos por la ley 22.929, ni que las tareas invocadas se correspondan, en los términos exigidos por la norma, con actividades técnico -científicas de investigación o desarrollo, o de dirección de dichas actividades, con dedicación exclusiva o completa conforme el régimen propio del organismo respectivo." "En efecto, del informe producido por Nucleoeléctrica Argentina S.A. surge que el descuento articulado respecto de las Resoluciones MTEySS N° 268/09 y 170/10 —código de descuento 2266— se corresponde con la suscripción de un convenio entre el MTEySS y FATLyF/APUAyE, relativo a trabajadores pasivos incluidos en el ámbito de representación de dichas entidades gremiales, tomando como referencia el sueldo de los trabajadores en actividad del sector. Asimismo, se informó que el código 2204 —Decreto 160/05, 2%— corresponde al suplemento creado para el “Régimen Especial para Investigadores Científicos y Tecnológicos”, a fin de abonar a sus beneficiarios la diferencia entre el monto del haber otorgado en el marco de la ley 24.241 y sus modificatorias y el porcentaje establecido en el art. 5° de la ley 22.929 y sus modificatorias. En dicho marco, la empleadora informó expresamente que al Sr. Guevara Alejandro Daniel nunca se le retuvo el ítem 2204 ni el 2266." "Ello así, toda vez que de las circunstancias relatadas no se puede inferir de manera indubitable ni los aportes realizados ni la categorización de las tareas que realiza el interesado, y tratándose de un régimen especial que debe ser analizado con mayor rigurosidad, corresponde confirmar la sentencia apelada. Esto, sin perjuicio de dejar a salvo el derecho que le asiste a la parte actora de aportar nuevos elementos de prueba y producirlos en sede administrativa, y del organismo administrativo de verificar si el actor reúne la totalidad de los extremos legales para la concesión del beneficio."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión adoptada es la que figura en la parte dispositiva.

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