CARRERA CRISTINA LIDIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamo por reajustes de haberes previsionales y actualización de la PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social difirió la redeterminación del valor de la Prestación Básica Universal y otros planteos para la etapa de ejecución y confirmó la sentencia recurrida en lo demás, imponiendo costas y fijando honorarios del 30% para la actuación en la Alzada.
¿Quién es el actor?
Carrera Cristina Lidia.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reclamos por reajustes varios en el beneficio previsional (actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, ajuste de la Prestación Básica Universal -PBU-, aplicación de topes de haberes, retención del impuesto a las ganancias, intereses, costas y honorarios). El beneficio fue otorgado con fecha de adquisición del derecho 25/10/2021.
¿Qué se resolvió?
La Cámara diferenció (postergó) para la etapa de ejecución la redeterminación del valor de la PBU como componente del haber inicial y el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes; confirmó lo resuelto respecto de las costas de grado y confirmó la sentencia recurrida en lo demás que fue materia de agravios; fijó costas por su orden en la Alzada y determinó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo estipulado para la instancia anterior.
- Fundamentos principales (citas textuales relevantes):
Sobre la actualización de remuneraciones y la aplicación de la ley 27.609: "Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.609 y concordantes."
Respecto de la Prestación Básica Universal: "En relación con el reclamo de ajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), cabe remitirse a lo decidido por este Tribunal en autos “Elizondo, Fanny Margarita c/ANSES s/Reajustes Varios”, Sala I, sentencia definitiva del expte. º25.085/2024 del 15/5/2026, donde, por mayoría resolvió diferir la redeterminación del valor de la PBU para la etapa de ejecución."
Sobre diferimiento por economía procesal y demostración del perjuicio: "ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra lo resuelto en la sentencia apelada sobre aplicación de topes de haberes ... pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto que la aplicación de dichas normas podrían ocasionar al actor."
Sobre impuesto a las ganancias: "por lo que corresponde declarar la inaplicabilidad del gravamen aludido."
Sobre costas: "en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
Disposición de honorarios: "Determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior, en atención a la calidad y extensión de las tareas desarrolladas y teniendo en cuenta las pautas de la ley 27.423 (art. 30)."
- Disidencia o salvedades relevantes: El Dr. Juan A. Fantini Albarenque dejó a salvo su opinión sobre puntos específicos y expuso su criterio particular en cuanto a confirmar la actualización de remuneraciones en los términos del art. 4 de la ley 27.609; su opinión queda consignada como manifestación personal del vocal y no modifica la resolución mayoritaria.
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