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RODRIGUEZ, NATALIA MARIA DEL LUJAN c/ EN-M SEGURIDAD-PNA-LEY 12992 s/AMPARO POR MORA DE LA ADMINISTRACION

Apeló la Prefectura Naval la imposición de costas y el monto de honorarios en un amparo por mora administrativa. La Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la resolución impugnada, condenó en costas a la demandada y reguló honorarios de Alzada en el 10% de lo fijado en primera instancia.

Amparo por mora Costas Honorarios Apelacion Camara federal de la seguridad social Prefectura naval Confirmacion Iva Art. 68 cpccn Art. 1255 cccn


¿Quién es el actor?

Rodríguez, Natalia María del Luján.

¿A quién se demanda?

Prefectura Naval Argentina (EN-M SEGURIDAD-PNA).
- Objeto de la demanda: Amparo por mora de la administración (expediente 21375/2024) reclamando cumplimiento y consecuencias de la demora administrativa.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la resolución impugnada; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida; se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación en la Alzada en el 10% de la suma fijada por su labor en primera instancia; y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "En referencia a la imposición de las costas, no puede desconocerse que si el organismo hubiera cumplido con el dictado del acto en término, la presente causa no hubiera sido iniciada, razón por la cual deviene procedente el agravio vertido en relación a esta cuestión... No opaca tal postura el hecho que la demandada haya cumplido con el otorgamiento del beneficio, pues ello lo hizo vencido el plazo para contestar el informe requerido en relación a las causas de la demoras." "En cuanto al agravio vertido en relación a los honorarios, no se desconoce la importancia de las leyes arancelarias, en tanto fijan parámetros de regulación a tener en cuenta por el juzgador. Sin embargo, ello no implica quitar al magistrado su facultad de ponderar su aplicación sin perder de vista la cuestión en litigio, su complejidad y la importancia y trascendencia de la labor llevada a cabo por el profesional a favor de quien habrá de regularse honorarios." "Por ello, de acuerdo al sentido expresado, en cuanto a la regulación de honorarios practicada en favor del letrado de la parte actora, en atención a la forma en cómo se resuelve el planteo suscitado en autos, el mérito e importancia de las tareas realizadas en la presente, corresponde confirmar el monto impugnado... Por los trabajos realizados ante esta instancia, los mismos serán determinados en el 10% de las sumas reguladas a favor de la representación letrada de la parte actora por su labor en la instancia de grado..."
- Disidencias relevantes: No consta voto en disidencia en la parte dispositiva final; la Parte Resolutiva es el acuerdo del Tribunal.

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