PAIVA ANIBAL Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores promovieron demanda declarativa de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y solicitaron el cese de los descuentos por aportes sobre sus haberes de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia en lo sustancial, revocó el plazo de cumplimiento dispuesto en primera instancia, difirió la regulación de honorarios de grado y reguló los honorarios de Alzada en el 30% con costas impuestas a la demandada.
¿Quién es el actor?
PAIVA ANIBAL y otros (actores).
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros Jubilac. y Pens. de la Policía Federal (demandada / ente gestor).
- Objeto de la demanda: declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos en los haberes de retiro practicados en concepto de aportes; además cuestiones accesorias sobre costas, prescripción, plazo de cumplimiento y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se difirió la regulación de los honorarios de la representación letrada de la parte actora por su actuación en la instancia de grado para el momento de la liquidación aprobada; se revocó la sentencia apelada en cuanto al plazo de cumplimiento; se confirmó la sentencia apelada en lo demás que decide y fue materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida; se regularon los honorarios de la representación letrada de la actora por su labor en la Alzada en el 30% de lo que corresponda en la instancia anterior (con más IVA, si corresponde); y se devolvieron las actuaciones al juzgado de origen. Regístrese, notifíquese, protocolícese y oportunamente devuélvase.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
1) "Ahora bien, si bien esta Sala ha sentado su postura sosteniendo la validez constitucional tanto del Decreto-Ley 22.788 como del Decreto 679/97, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación recientemente se ha pronunciado sobre las normas cuestionadas en autos “Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional
- M° del Interior s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.” sentencia de 7 de octubre de 2021."
2) "En distinta solución arribó la Corte Suprema en lo concerniente al Decreto 679/97, por mayoría sostuvo que los fundamentos expresados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar la aplicación del art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional revelaban en realidad la voluntad de modificar de forma permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional con el dictado del decreto impugnado. En tales condiciones, conforme las pautas fijadas en el caso “Verrocchi” (Fallos: 322:1726) no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales para el ejercicio legítimo por parte del Presidente de la Nación de las excepcionales facultades legislativas que, en principio le son ajenas."
3) "En relación al plazo de cumplimiento establecido en el decisorio de grado, se revoca lo establecido y se ordena a la demandada que a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio de conocimiento, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable para la cancelación de créditos provenientes de pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Nacional o a sus organismos públicos, al pago de las sumas de dinero (conf. Art. 22 de la ley 23.982 y art. 170 de la ley 11.672 actualizada y ordenada por el decreto 740/2014)."
- Votos en disidencia: no surge disidencia en la parte resolutiva reproducida; la decisión consignada es la que resolvió la Alzada por mayoría.
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