TOTAH LILIANA NORMA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS
Amparo promovido por Totah Liliana Norma contra ANSES por prestaciones previsionales y aplicación de topes y retenciones. La Cámara Federal de la Seguridad Social —Sala II— confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de ANSES, condenó en costas a la demandada y fijó honorarios de Alzada en el 30% de lo que se regule en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Totah Liliana Norma.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Amparo por prestaciones previsionales (PBU-PC-PAP DOCENTE) y cuestionamiento de la aplicación de la escala de deducciones/topes previsionales (art. 9.2 Ley 24.263) y del tratamiento del impuesto a las ganancias sobre retroactivos previsionales.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue materia de agravios; costas de Alzada a la demandada vencida; regular honorarios de Alzada en el 30% de lo que se regule en la instancia de grado.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Surge con claridad de la norma la exigencia de dos requisitos a los fines de implementar la escala cuestionada; que se trate de personas que obtuvieron la prestación en virtud de una ley anterior a la Ley 24241 y que la ley no prevea un tope al haber menor al 82%."
"En el caso de autos la parte actora adquirió su beneficio PBU-PC-PAP DOCENTE según disposiciones de la ley 24.241 sus modificaciones y reglamentaciones vigentes con fecha inicial de pago en octubre de 2010. Por ello, conforme lo expuesto, corresponde confirmar lo decidido en la instancia de grado."
"En relación con las costas, consecuentemente con lo establecido en el art. 14 de la ley 16.986, de expresa aplicación en el caso subexámine, corresponde reconocer como principio general la teoría del hecho objetivo de la derrota ... Es por ello que corresponde confirmar las costas a la vencida."
- Votos y disidencias: Los Dres. Dorado, Carnota y Fantini Albarenque coincidieron en el resultado; no surge disidencia.
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