Logo

HERRERA BEATRIZ ELENA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Amparo promovido por Beatriz Elena Herrera contra ANSES por la inaplicabilidad del art. 9 de la ley 24.463 a su prestación docente; la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado declarando inaplicable dicho artículo y condenó en costas a la demandada, regulando honorarios de alzada en el 30% de lo que corresponde en la instancia de grado.

Amparo Anses Topes previsionales Ley 24.463 art. 9 Ley 24.241 Pbu-pc-pap docente Inaplicabilidad normativa Costas Honorarios de alzada Camara federal de la seguridad social

Actor: Herrera, Beatriz Elena. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto de la demanda: acción de amparo para declarar la inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 (topes previsionales) respecto del haber de la actora, otorgado bajo régimen docente y la ley 24.241 (PBU-PC-PAP DOCENTE, dto 137/05), y solicitud de cumplimiento y costas.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de la Seguridad Social, Sala II, confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue objeto de agravios, impuso las costas de Alzada a la demandada vencida y reguló los honorarios de Alzada en el 30% de lo que se fije en la instancia de grado. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
- "En el caso de autos la parte actora adquirió su beneficio PBU-PC-PAP DOCENTE dto 137/05 según disposiciones de la ley 24.241 sus modificaciones y reglamentaciones vigentes con fecha agosto de 2022. Por ello, conforme lo expuesto, corresponde declarar su inaplicabilidad al beneficio de la actora."
- "Sin embargo, este agravio resulta ineficaz, pues no constituye el núcleo del debate en autos. La sentencia de grado no resolvió la cuestión bajo el prisma de la confiscatoriedad, sino que declaró la inaplicabilidad del artículo 9 de la Ley 24.463 en virtud del régimen especial docente aplicable a la actora. En consecuencia, la invocación de criterios de confiscatoriedad resulta impertinente, dado que el fallo no se sustentó en ese fundamento, sino en la incompatibilidad normativa que impide la aplicación del tope previsional en el caso concreto. Por ello, el agravio debe ser desestimado."
- "Es por ello que corresponde confirmar las costas a la vencida." Disidencia: no hubo disidencia; los Dres. Carnota y Fantini Albarenque adhirieron al voto que antecede.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar