VILAPRIÑO ROSARIO c/ ANSES s/INCONSTITUCIONALIDADES VARIAS
Reclamo de inconstitucionalidad de la aplicación del tope previsto en el art. 9 de la ley 24.463 sobre prestación PBU‑PC‑PAP docente. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado declarando inaplicable el artículo 9 de la Ley 24.463 al beneficio docente y confirmó costas y honorarios (30% de lo regulado en grado).
¿Quién es el actor?
VILAPRIÑO ROSARIO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: impugnación por inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad de la escala de deducciones del artículo 9 (y puntualmente del tope) de la Ley 24.463 aplicada sobre haberes previsionales de la actora (beneficio PBU‑PC‑PAP docente), y cuestiones conexas (impuesto a las ganancias, plazo de cumplimiento, costas).
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de grado en todo cuanto fue materia de agravios; se impusieron las costas de Alzada a la demandada vencida; y se regularon los honorarios de Alzada en el 30% de lo que se regule en la instancia de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"En el caso de autos la parte actora adquirió su beneficio PBU-PC-PAP DOCENTE según disposiciones de la ley 24.241 sus modificaciones y reglamentaciones vigentes con fecha 1.08.2011. Por ello, a tenor de los términos del escrito de demanda donde no se pidió el encuadramiento bajo la ley 24.016 sino solo la inaplicabilidad de la escala de deducción prevista en el art. 9.2, conforme lo expuesto, corresponde declarar su inaplicabilidad al beneficio de la actora."
"Sin embargo, este agravio resulta ineficaz, pues no constituye el núcleo del debate en autos. La sentencia de grado no resolvió la cuestión bajo el prisma de la confiscatoriedad, sino que declaró la inaplicabilidad del artículo 9 de la Ley 24.463 en virtud del régimen especial docente aplicable a la actora. En consecuencia, la invocación de criterios de confiscatoriedad resulta impertinente, dado que el fallo no se sustentó en ese fundamento, sino en la incompatibilidad normativa que impide la aplicación del tope previsional en el caso concreto. Por ello, el agravio debe ser desestimado."
"En relación con las costas, conforme criterio adoptado en 'Morales, Blanca Azucena c/ Anses s/ Impugnación de Acto Administrativo', de fecha 22.6.2023, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU N 157/18 y ratificó la vigencia del artículo 36 de la Ley 27.423, se confirman las costas a la vencida."
- Votos en disidencia: No hubo disidencia; los Dres. Carnota y Fantini Albanarque "Adherimos al voto que antecede."
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