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CABANA MARIO EXEQUIEL Y OTRO c/ ESTADO NACIONAL - M. DE SEGURIDAD - CAJA DE POLICIA Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron acción declarativa de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y solicitaron el cese de los descuentos por aportes en sus haberes de retiro. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada que hizo lugar a la demanda, mantuvo la imposición de costas a la demandada y reguló honorarios por la alzada.

Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Haberes de retiro Corte suprema (pino) Prescripcion Costas Honorarios Camara federal de la seguridad social Decreto-ley 22788


¿Quién es el actor?

Cabaña Mario Exequiel y otro (actores demandantes).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad
- Caja de Policía (C.R.J.P.P.F.A.) y Gendarmería Nacional (codemandadas).
- Objeto de la demanda: declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y que se ordene el cese de los descuentos por aportes practicados sobre los haberes de retiro de los accionantes.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada en lo que decide y ha sido materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que corresponda en la instancia anterior, con más IVA en caso de corresponder; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Ahora bien, si bien esta Sala ha sentado su postura sosteniendo la validez constitucional tanto del Decreto-Ley 22.788 como del Decreto 679/97, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación recientemente se ha pronunciado sobre las normas cuestionadas en autos “Pino, Seberino y otros c/Estado Nacional
- M° del Interior s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg.”, sentencia de 7 de octubre de 2021." "A distinta solución arribó la Corte Suprema en lo concerniente al Decreto 679/97; por mayoría sostuvo que los fundamentos expresados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar la aplicación del art. 99, inc. 3, de la Constitución Nacional revelaban en realidad la voluntad de modificar de forma permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional con el dictado del decreto impugnado. En tales condiciones, conforme las pautas fijadas en el caso “Verrocchi” (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales para el ejercicio legítimo por parte del Presidente de la Nación de las excepcionales facultades legislativas que, en principio, le son ajenas." "Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."
- Sobre prescripción y costas (transcripción relevante): "La misma interpretación debe efectuarse con respecto a la ley 23.627 dada su similitud con el art. 82 de la ley 18037.... Por tales motivos, se desestima el agravio sobre el particular." "En relación a la imposición de las costas, el caso ha de regirse por el principio general en la materia, y, por lo tanto, se confirma la imposición a la demandada vencida (art. 68 CPCCN)."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia relevantes; la parte resolutiva citada es el acuerdo final de la Cámara y prevalece sobre propuestas individuales.

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