SERRA DANIEL ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes sobre su haber previsional y la inconstitucionalidad de normas aplicadas al cálculo; la Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando la aplicación del tope genere una merma superior al 15% y diferió para ejecución el análisis del fallo Villanustre y del art. 26 de la Ley 24.241, confirmando lo demás.
¿Quién es el actor?
SERRA DANIEL ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: reclamo por reajustes varios del haber previsional (redeterminación del haber inicial, actualización de la Prestación Básica Universal, inconstitucionalidad de normas previsionales: art. 9 Ley 24.463, arts. 9, 25 y 26 Ley 24.241; impugnación de la ley 27.609 y otros actos vinculados; aplicación de topes y tasa de sustitución).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia en los términos indicados, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando en la liquidación se verifique que la aplicación del tope produce una quita superior al 15%, difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del fallo “Villanustre” y de la inconstitucionalidad del art. 26 de la Ley 24.241, confirmó lo resuelto en lo demás, impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de la representación letrada del actor (30% sobre la suma que se fije por su labor en primera instancia más IVA si corresponde), y ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (textos transcritos de la sentencia):
1) "Ahora bien, sin perjuicio de que el actor ha adquirido su beneficio con posterioridad a la entrada en vigor de la ley 27.609, atento lo resuelto con relación a la actualización de las remuneraciones a utilizar para calcular la PC y PAP, a los efectos de sostener la armonización jurisprudencial del Fuero de la Seguridad Social en la materia que nos convoca, considero que la incidencia de la PBU sobre el haber total deberá calcularse aplicando, sobre el valor del AMPO/MOPRE histórico, el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente “Badaro” del 26 de noviembre de 2007 (Índice de Salarios según el INDEC entre el 31/12/01 y el 31/12/06) y, una vez realizado ese cálculo, deberá verificarse si la falta de actualización genera en el haber final una diferencia mayor al 15% que la torne confiscatoria, aplicando la metodología establecida por la Sala III de este Fuero en la causa “Marinati” antes mencionada (es decir: MC x 100 / HIRS)."
2) "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios” sentencia del 6 de agosto de 2015”), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se revoca lo resuelto en la instancia de grado."
- Disidencias relevantes: No hubieron votos en disidencia que alteren lo resuelto por el acuerdo; la resolución se adoptó por mayoría conforme las firmas que rubrican el decisorio.
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